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Opinión

Cadena perpetua

Hay argumentos para defender y atacar la propuesta. Seguramente algún respetado jurista estará, justo al lado de estas líneas, refutándola. Citando a Beccaria y hablando de la función resocializadora de las penas. Del hacinamiento de nuestras cárceles y señalando que la actual dosimetría de nuestro estatuto penal es adecuada.  Diciendo que sesenta años es suficiente. Sin embargo, me mantengo firme: se debe instituir la cadena perpetua para aquellos que sean condenados por agredir sexualmente a nuestros niños, acabando con su inocencia y con su vida para siempre. Hay argumentos jurídicos, científicos y fácticos que así lo demandan.

Lo primero que debo decir es que en mi caso no se trata de ‘populismo legislativo’ ni de pedir que se ‘legisle en caliente’ ante el brutal crimen cometido esta semana en la indefensa Yuliana Andrea Samboní, que ha merecido el repudio de nuestra sociedad.

Defiendo esta tesis desde que fui concejal de Bogotá en el año 2003. Y desde mi llegada al ICBF, donde he sido testigo de primera mano de la cruda realidad, de la poca efectividad de nuestro paquidérmico aparato judicial, de la laxitud de algunos de nuestros jueces y de los vaivenes jurisprudenciales que ponen en la calle con prontitud a los predadores sexuales de menores, le he pedido al Congreso que imponga la pena de prisión perpetua, entre otros, con los siguientes argumentos:

Entre 2013 y 2016 se tienen registrados veinticinco mil casos de menores víctimas de violencia sexual atendidos por el ICBF. Es decir, veinticinco mil Yulianas Samboní que han sobrevivido a la agresión y deben aprender a vivir con su tragedia. No todos esos casos comportan feminicidio, secuestro y tortura, y en consecuencia las penas que imponen nuestros jueces van de los 8 a los 20 años con unas situaciones de agravación que las pueden aumentar hasta en la mitad. Pero se trata de máximos. Nuestro jueces deben imponerlas de conformidad con unos parámetros que permiten fijar penas menores, y lo hacen. De modo que el cuento de que sesenta años es la pena máxima y es suficiente es un sofisma. 

A esta situación, penas de diez y doce años, se suma el inexplicable hecho de que nuestra Corte Suprema de Justicia y nuestra Corte Constitucional hayan concluido en sede de tutela que “Desde este punto de vista, no hay un derecho de los niños, niñas y adolescentes que colisione con la posibilidad que tienen los reclusos de alcanzar la resocialización mediante el desarrollo de actividades que, además, les generen redención de la pena que purgan”.

Dicho de forma simple, el mandato del artículo 44 de la Constitución que da prevalencia a los derechos de los niños debe ceder ante la función resocializadora de la pena y el derecho a su redención. Ahí el problema se agrava. Los predadores sexuales de menores tienen siempre rasgos de psicopatía. No han desarrollado consciencia moral. No sufren de culpa. No tienen remordimientos. Y por eso reinciden. Permitir entonces que rediman pena y recuperen su libertad es poner en riesgo a nuestros niños. El estatuto de Roma habilita a los países partes a imponer la cadena perpetua en aquellos delitos que por su gravedad merecen un castigo drástico, ¿qué estamos esperando? ¿No es grave acaso la agresión sexual violenta contra un menor indefenso?

Imponer la pena privativa de la libertad más drástica por su carácter de indefinida es razonable y busca garantizar que las conductas delictivas cometidas contra menores  sean sancionadas de manera ejemplar. 
Desde luego que se debe educar, prevenir y todo lo demás. En eso estamos trabajando. Pero será un esfuerzo perdido si las calles siguen llenas de confesos predadores que ya cumplieron su pena. Por eso, mientras tenga el mandato de salvaguardar la integridad de nuestros niños, pediré y defenderé con argumentos la prisión perpetua para sus victimarios.

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