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El Consejo de Estado dictaminó que las parejas del mismo sexo sí constituyen una familia, pues 'la disposición de conformar una familia nace de la decisión libre de dos personas que asumen lazos de solidaridad, apoyo, cariño, amor y convivencia'.

El alto tribunal indicó, además, que la figura de familia va más allá del matrimonio, debido a que no puede analizarse únicamente dentro de la existencia de un contrato o vínculo formal.

En el fallo, así mismo, se define la existencia de dos tipos de familia: la biológica y la de crianza.

La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, concluye que es necesario superar las creencias que anulan el derecho de las personas 'de cualquier clase, raza, orientación sexual, etc., a conformar de manera libre y autónoma familia, para dar paso a una protección efectiva y garantista que respete los derechos de las personas en un verdadero y real plano de igualdad'.

TB