Un día después de la confirmación de la sanción al alcalde Gustavo Petro, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, al admitir una de las 350 tutelas presentadas, suspendió los efectos jurídicos del fallo disciplinario del 9 de diciembre y la confirmación del 13 de enero y le ordenó al presidente Santos que se abstuviera de darle cumplimiento a la destitución e inhabilidad.
El fallo de la Sección Segunda, con ponencia del magistrado José María Armenta, admite la tutela de José Gotardo Pérez, 'agente oficioso de Petro', que solicita que 'se protejan los derechos fundamentales constitucionales de elegir y ser elegido', que 'se anule la decisión de fecha 9 de diciembre de 2013', en la que el procurador Alejandro Ordóñez, en primera instancia, destituye e inhabilita al alcalde por 15 años y pide que se suspendan provisionalmente los efectos jurídicos de esa sanción.
El tribunal, entonces, entra a considerar que 'de no proceder la tutela y medida provisional impetrada (...), se mantendría incólume la afectación y vulneración de los derechos acusados'.
En el documento, que aclara que la decisión de fondo de la tutela debe darse en 10 días, se anota que 'no puede tener el Ministerio Público competencia para investigar y sancionar a los servidores públicos elegidos popularmente' y advierte que 'solo ese delegante (pueblo) puede desinvestirlos empleando el mismo procedimiento (...), elecciones populares (referendo revocatorio)'.
De no darse un referendo, precisa la corte 'solo operará en cumplimiento de una decisión penal condenatoria', según la Convención Interamericana de Derechos, 'o sentencia proferida por el juez contencioso administrativo', según la Constitución.
Explica al respecto el magistrado que siendo prevalentes los tratados internacionales suscritos, como la Convención Interamericana, 'la decisión del procurador de destituir e inhabilitar a un servidor público elegido por voto popular, es abiertamente contrario a la Convención, en la medida en que aniquila los derechos políticos de las personas, sin fórmula de juicio y sin competencia'.
En otro aparte, justifica la Sección Segunda que 'el alcalde, en cumplimiento de su plan de gobierno, tendrá que adoptar decisiones administrativas, acertadas o no, pero ello, per se, no implicará la comisión de presuntas conductas penales o disciplinarias', refiriéndose a la implementación del nuevo esquema de aseo de la administración de Petro, que fue la razón de la sanción disciplinaria.
Es un triunfo democrático: Petro. El burgomaestre de origen cordobés, al enterarse de la suspensión de la destitución, manifestó ante periodistas que 'es una noticia que muestra que si la justicia y la multitud van de la mano, se puede detener la tiranía y la arbitrariedad; se puede construir realmente una Colombia democrática y pacífica, que son los objetivos que nos hemos propuesto'.
Sobre el apoyo popular que recibió desde que se conoció el fallo del Ministerio Público, dijo que 'esta es una página escrita por una ciudadanía que activamente se ha tomado la Plaza de Bolívar, que es la protagonista real de uno de los mejores triunfos democráticos de la historia contemporánea de América Latina'.
Finalmente, escribió en Twitter que 'es importante que registrador aclare que consulta popular para el 2 de marzo se mantiene. Vamos a las urnas por el No a la revocatoria'.
Por su parte, Rafael Barrios, abogado del mandatario distrital, advirtió que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, estaría dictando hoy las medidas cautelares solicitadas por Petro en diciembre pasado durante su visita a Washington.
Esposa trabaja en el Acueducto. El magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, ponente de la suspensión del fallo disciplinario contra Petro, José María Armenta, admitió que su esposa, Cecilia Calderón, trabaja en la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de la capital.
En diálogo con la emisora capitalina Caracol Radio, Armenta advirtió que 'eso no es ningún delito', y añadió que la vinculación de su esposa como jefa de activos fijos del Acueducto 'no tiene ninguna relación con la alcaldía de Gustavo Petro'.
De otro lado, según el diario ‘El Tiempo’, el ciudadano que interpuso la tutela, José Gotardo Pérez, un coronel retirado de la Policía, ha sido asesor de seguridad de la Alcaldía y desde 2011 hasta 2013 ha suscrito cuatro contratos por 180 millones de pesos.
Sobre este caso, la secretaria de Gobierno, Susana Muhamad, aseguró que no tiene conocimiento al respecto, pero señaló: 'creo que los jueces actúan con total independencia, y más los del Tribunal de Cundinamarca, y no creemos que pueda haber una influencia indebida'.
Acatan decisión. La Procuraduría General de la Nación, a través de un boletín, informa que fue 'comunicada' de la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que suspende la sanción contra el alcalde Petro.
Advierte el Ministerio Público, no obstante, que 'sin perjuicio de que el magistrado Armenta Fuentes no conoció el contenido de los fallos disciplinarios que suspendió provisionalmente en su auto, la Procuraduría General de la Nación se permite informar a la opinión pública que este órgano de control es respetuoso de la institucionalidad y, por tanto, de las decisiones de los jueces de la República'.
Concluye el comunicado que presentará ante el tribunal 'los argumentos que dan claridad a los aspectos objeto de la medida provisional así como de la acción de tutela que deberá resolver el fondo del asunto'.




















