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Para operar drones con fines comerciales se debe contar con una licencia de entidades acreditadas para este fin.
Tecnología

Lo que debe saber sobre la operación de drones

Conozca la legislación vigente para poder operar aeronaves pilotadas a distancia para fines recreativos, deportivos y/o comerciales en el país.

El auge de la tecnología trajo consigo la aparición de varias novedades tecnológicas, entre ellas los drones o aeronaves pilotadas a distancia (RPA), y con ello aumentó la adquisición de estos aparatos para fines recreativos y comerciales. Pero, ¿bajo qué normas se rige el uso de estos dispositivos en Colombia?

Debido a que aún no existe una ley que regule específicamente el uso de drones en el país, la Aeronáutica Civil emitió una circular que brinda pautas para la reglamentación definitiva de las RPA para usos diferentes a lo recreativo y deportivo, ya que en esta área se aplican las mismas normas que fueron creadas para el aeromodelismo, vuelo de aviones a control remoto.

Los drones que se usen para teledetección, fotografía o televisión son catalogados como de uso comercial y en ellos aplican la última regulación.

En Colombia, las RPA se dividen en dos categorías: los pequeños con un peso máximo de despegue menor o igual a 25 Kg y los grandes, aeronaves con un peso máximo de despegue mayor a 25 Kg, son de uso exclusivo para operaciones militares.

Las regulaciones actuales permiten la operación de los drones en todo el territorio nacional bajo unas medidas mínimas de seguridad como no volar dentro de un perímetro de 5 km cerca a cualquier aeropuerto o bases militares, tampoco en lugares de propiedad del Estado o de interés nacional, ni donde  esté cerca el presidente o personas importantes del gobierno. De igual forma está prohibido volar sobre multitudes de personas y se debe mantener contacto visual en todo momento con el dron. El piloto debe estar certificado por una entidad competente.

Los drones no pueden separarse del suelo o del agua a una altura superior a 152 metros.

Se podrá manejar un RPA sobre áreas congestionadas, edificaciones o directamente sobre público o aglomeraciones de personas, solo con una autorización previa de la Aerocivil. Sin embargo las RPA no se deben acercar a menos de 50 mts, vertical u horizontalmente, a cualquier persona (individualmente considerada), objeto o edificación.

Condiciones

La Aerocivil es muy clara al decir que en el país ninguna persona podrá operar una RPA a menos que reúna las siguientes condiciones:

-Sus hélices o rotores no serán metálicas.

-Deben estar equipadas con al menos un sistema de piloto automático, GPS, tren de aterrizaje, airbag, y paracaídas.

-La estación de pilotaje a distancia debe permitir el control (vía radio) en todas sus fases de vuelo y proveer información sobre sus condiciones de operación.

-Se deberá tener un radio receptor para escucha de frecuencias aeronáuticas de comunicaciones.

-Sus sistemas de radio control, de transmisión y recepción de datos o imagen no deberán causar ningún tipo de interferencia

-Su sistema moto propulsor no debe generar ruido excesivo o contaminación.

-Los colores exteriores de la RPA la hacen claramente visible y detectable a distancia.

En Barranquilla

Humberto Yudex es el CEO de Aerosonda, una empresa aeroespacial de barranquilleros dedicada desde hace 7 años a la utilización de drones.  Eso los hace pioneros en el sector, según declaraciones de Yudex.

En 2014 abrieron una división en la empresa de investigación y desarrollo comenzando con el desarrollo de nuestros drones fabricados en Colombia. “Actualmente estamos trabajando con una compañía multinacional para la puesta de marcha de lo que será la primera fábrica y línea de producción en serie de Drones en América Latina”, dijo.

¿Quién puede manejar?

Yudex aseguró que con el avance de la tecnología hoy en día los drones son muy fáciles de volar, por lo menos los drones pequeños. Sin embargo, se requiere de una licencia para operarlos con fines comerciales. Esta licencia de piloto de drones se puede adquirir en las entidades acreditadas para este fin.  Los menores de edad no pueden volar drones con fines comerciales y si lo hacen por entretenimiento deben estar en compañía de un adulto

Sanciones

Mientras no exista una normatividad para drones, se aplicará el reglamento para el aeromodelismo, con fines deportivos y recreativos. Si no se cumple con los requisitos se incurrirá en violación al espacio aéreo y deberá acatarse la sanción de la autoridad.

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