El Heraldo
Sucre

Ordenan 5 días de arresto para el alcalde de Tolú

En Tolú no le entregaron  completa la información relacionada con el tiempo de vinculación laboral a una empleada y esta acudió a la justicia.

El Juzgado Quinto Civil Municipal de Sincelejo, transformado transitoriamente en el Tercero de Pequeñas Causas, ordenó 5 días de arresto y el pago de multa de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el alcalde del municipio de Tolú, José Chadid Anachury, por haber desacatado el cumplimiento de un fallo de tutela.

Dice la sentencia, que es susceptible de revisión ante el superior de la rama judicial, que los días de arresto deben ser pagados en lugar o centro de reclusión que determine en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec).

El caso que tiene en líos a quien fuera párroco de una de las iglesias de esta población del Golfo de Morrosquillo tuvo su origen en la acción impetrada en contra del Municipio de Tolú por parte de Rosalba Cecilia Iriarte Mendoza, quien el 18 de febrero hizo un derecho de petición que no le fue respondido a satisfacción, por lo que el acudió a una tutela que fue fallada a su favor el 16 de junio, pero aun así el Municipio de Tolú no respondió en su totalidad la información laboral que ella solicitó y por es el 10 de agosto este juzgado inició el desacato que ahora le impone el arresto y la multa.

El juzgado en su momento también le hizo saber al alcalde que al desacatar el cumplimiento de la tutela también se exponía a una compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación por presunto fraude procesal y también ordenó el juez tener como pruebas los documentos aportados por incidentista e incidentada y de cumplirle el fallo por parte de la incidentada durante el trámite del incidente deberá informarlo de manera inmediata.

Iriarte Mendoza le dijo al juzgado que si bien la Alcaldía Municipal de Santiago de Tolú aportó las certificaciones de tiempo de servicio y el acta de posesión, no ha hecho lo mismo en relación a la certificación de los aportes pensionales que debieron realizarse a su favor y tampoco le dijo dónde se encuentran depositados.

“Brota de los elementos de juicio arrimados a este paginario incidental que el representante legal de la Alcaldía Municipal de Santiago de Tolú, sr José Chadid Anachury, ha cumplido de manera parcial y no total con lo ordenado en la sentencia de tutela en referencia.  Todo lo anterior nos lleva a concluir que se impone al definidor la obligación de emitir las sanciones correspondientes al representante legal o quien haga sus veces como representante legal de la Alcaldía Municipal de Tolú”, dice el fallo proferido este miércoles.

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