El Heraldo
San Andrés

Corte dice que Gobierno incumplió en reconstrucción de casas en Providencia

Al negar a raizales derecho a consulta previa hubo “desconexión” en las características mínimas de las nuevas viviendas, sostuvo el tribunal.

BOGOTÁ. La Corte Constitucional informó este viernes en un comunicado que con ponencia de la magistrada Cristina Pardo ese alto tribunal determinó que el proceso de reconstrucción integral de las islas de Providencia y Santa Catalina "no ha terminado, y está lejos de estarlo, por lo que es necesario adoptar varias soluciones judiciales con el fin de garantizar el núcleo esencial de los derechos fundamentales a la vivienda digna, salud, agua potable y saneamiento básico del pueblo raizal".

Además, advierte, se debe asegurar que la reconstrucción de su territorio sea acorde a su identidad cultural y fortalecer la resiliencia de las islas ante los efectos del cambio climático.

Lo anterior luego de estudiar la tutela que presentó Josefina Hiffington Archbold, en representación del pueblo raizal, al considerar que el Gobierno y la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina habían vulnerado los derechos de los habitantes de estas dos islas durante la planeación y ejecución del plan de acción específico para su reconstrucción integral, después de que el paso del huracán Iota las destruyera en un 98% en noviembre de 2020.

“El Gobierno incumplió los acuerdos sobre las características básicas que debían tener las nuevas viviendas, lo que llevó a que se entregaran casas incompletas e incapaces de proteger a sus habitantes ante un nuevo huracán, sin cisternas para almacenar las aguas lluvias y con graves defectos en los sistemas individuales de saneamiento básico.

Así mismo, se demostró que los terrenos utilizados durante la emergencia para el acopio temporal de escombros se han convertido actualmente en botaderos de basura permanentes, sin el cumplimiento de normas técnicas, que ponen en riesgo la salud pública y el ambiente sano del pueblo raizal”, se lee en el documento.

Agregó el tribunal defensor de la Carta Magna que en el análisis también se constató que las autoridades encargadas de la reconstrucción negaron al pueblo raizal el derecho fundamental a la consulta previa, lo cual derivó en "una completa desconexión y falta de diálogo entre el Gobierno y los habitantes de Providencia y Santa Catalina, que se evidenció, entre otras cosas, en el incumplimiento de los acuerdos sobre las características mínimas que debían tener las nuevas viviendas, en la construcción sin consulta previa de una estación de guardacostas de la Armada Nacional y en la no reconstrucción de edificios centrales para la identidad cultural del pueblo raizal".

Por ello, se le otorgó 30 días a la Ungrd y a la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina para que intervengan el hospital de campaña; 45 días para garantizar a los habitantes el abastecimiento diario de mínimo 65 litros de agua potable; se les ordenó que solucionen de manera definitiva el vertimiento de aguas negras domésticas al ambiente y tendrán 90 días para el cierre definitivo de los terrenos que han sido utilizados durante la emergencia para el acopio temporal de escombros, basuras y residuos orgánicos. 

Así mismo, tendrán 15 días para convocar a la comunidad raizal, con el fin de adelantar un proceso de consulta sobre el proceso de reconstrucción integral de las islas de Providencia y Santa Catalina; el Ministerio de Cultura tendrá 30 días para traducir algunos apartes de la sentencia a lengua creole del pueblo raizal y la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría deberán vigilar, apoyar y acompañar el pleno cumplimiento de lo determinado en la sentencia.

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