El Heraldo
Política

Nueve preguntas para entender la Consulta Anticorrupción

Este 26 de agosto los colombianos asistirán a las urnas para votar en la primera consulta popular realizada en el país para decidir sobre siete puntos clave sobre manejo de temas administrativos, contratación y servidores públicos, entre otros.

El próximo domingo 26 de agosto los colombianos tendrán la oportunidad de participar en la primera consulta popular realizada en el país, la llamada Consulta Anticorrupción.

Em las urnas. los ciudadanos inscritos deberán responder siete siete preguntas relacionadas además con salarios y periodos de los congresistas.

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Para saber más sobre lo que será esta jornada de votación, EL HERALDO recopiló algunas dudas que se pueden tener sobre el tema.

1. ¿Qué es una Consulta Popular?

La consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se convoca al pueblo para que decida acerca de algún tema de vital importancia para la ciudadanía, que puede ser nacional, departamental, municipal, distrital o local. Este mecanismo está consagrado en el artículo 103 de la Constitución Política de Colombia y en la Ley 1757 de 2015.

2. ¿Quiénes pueden votar en la Consulta Anticorrupción?

Todos los colombianos mayores de 18 años que estén en el censo electoral. Es decir, que podrán votar en la Consulta las mismas personas que votaron en las elecciones presidenciales.

3. ¿Las personas que están en el extranjero también pueden votar?

Si, los colombianos que viven en el exterior pueden votar en los consulados donde votaron para Presidente de la República. En el extranjero la votación será del 20 de agosto al 26 de agosto de 2018.

4. ¿Qué se va a preguntar en la Consulta Anticorrupción?

La Consulta Anticorrupción preguntará sobre 7 temas:

1. Reducir el salario de los congresistas y los altos funcionarios del Estado fijando como tope máximo 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

2. Evitar que los condenados por corrupción y delitos contra la administración pública tengan la posibilidad de reclusión especial mientras pagan su condena. Además, permitirle al Estado que pueda terminar los contratos de forma unilateral con estos o las personas jurídicas de las que hagan parte, sin que haya lugar a indemnización o posibilidad de volver a contratar con el Estado.

3. La obligatoriedad de todas las entidades públicas y territoriales de utilizar pliegos tipo al momento de celebrar todo tipo de contratos.

4. La obligación de realizar audiencias públicas para que la ciudadanía y los corporados tengan la posibilidad de decidir sobre el desglose y priorización del presupuesto de inversión nacional, regional y departamental.

5. Que los Congresistas y demás corporados tengan la obligación de rendir cuentas anuales sobre su participación y gestión tanto de intereses públicos como particulares, por ejemplo, en gestiones realizadas para presentar candidatos a cargos públicos.

6. Que todos los funcionarios que son elegidos por voto popular tengan la obligación de hacer público sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés, como requisito para posesionarse y ejercer el cargo. Y que dado el caso, se inicie de oficio las investigaciones penales correspondientes y aplicar extinción de dominio cuando haya lugar a ello.

7. Establecer un límite de máximo tres periodos para ser elegido y ejercer en una misma corporación de elección popular como el Senado de la República, la Cámara de Representantes, las Asambleas, los Concejos y las Juntas Administradoras Locales.

5. ¿La decisión que tome la ciudadanía es vinculante?

Sí, siempre y cuando cada pregunta sometida al pueblo haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos y, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral.

6. ¿Qué pasa si no todas las preguntas pasan la votación necesaria?

Como cada pregunta es independiente, su desarrollo también, esto quiere decir que si solo algunas preguntas son avaladas por el pueblo, este mandato se deberá respetar y seguir el trámite respectivo con las preguntas que fueron avaladas por la ciudadanía.

7. ¿Después de la Consulta Anticorrupción que viene?

Según el artículo 42 de la Ley 1757 de 2015, para este caso el Congreso deberá adoptar las medidas para hacer efectiva la decisión del pueblo.

El Congreso con las preguntas que fueron votadas positivamente y superan los votos exigidos, deberá expedir la ley dentro del mismo período de sesiones o a más tardar en el período siguiente (1 año). Si vencido este plazo el Congreso no la expidiere, el Presidente de la República dentro de los quince (15) días siguientes la adoptará mediante Decreto con fuerza de ley. En esta circunstancia el plazo para hacer efectiva la decisión popular será de dos meses.

8. ¿Habrá financiación o reposición por la Consulta Anticorrupción?

No. El Gobierno no hará devolución de recursos, no hay anticipos, ni reposición de votos. Los movimientos y partidos que promueven la Consulta Anticorrupción lo hacen con recursos propios.

9. ¿Cuántos votos se necesitan para que las preguntas de la Consulta Anticorrupción sean aprobadas?

Se requiere el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos del total de la votación (6.037.879 de votos), siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte del censo electoral (12.075.756 personas que deben votar).

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