El Heraldo
Efraín Herrera - SIG
Colombia

Santos sanciona seis leyes, entre ellas las de Anticontrabando y Feminicidio

"Aquí está la Unidad Nacional vivita y coleando”, dijo este lunes el presidente Juan Manuel Santos.

El presidente Juan Manuel Santos sancionó este lunes la nueva Ley Anticontrabando, que endurece las penas para quienes se dedican a esta actividad ilegal en el país.

“Con la Ley Anticontrabando estamos combatiendo este flagelo. Ha sido una de las leyes más debatidas, más discutidas. Esta ley no va en contra de los pequeños comerciantes, como dicen algunos por razones electoreras”, comentó el Presidente durante una jornada en la que sancionó seis leyes.

Otra de las leyes sancionadas hoy es la conocida como Rosa Elvira Cely, que crea el delito autónomo del feminicidio.

El Presidente afirmó que  la pasada fue “una legislatura brillante, los congresistas se deben sentir orgullosos.

Durante la promulgación de seis leyes, Santos aseguró que el trabajo realizado en la legislatura que termina es "histórico y demuestra la solidez y vigencia de la Unidad Nacional".

"Aquí está la Unidad Nacional vivita y coleando. Aquí está produciendo esa gobernabilidad tan necesaria, que nos reconocen -y nos envidian- en el mundo entero", expresó el jefe de Estado en el acto de sanción de la Ley Anticontrabando, la de Feminicidio, la que modifica las medidas de aseguramiento de privación de la libertad, la de agronomía del caucho, la de honores al doctor cesarense José Francisco Socarrás y la ley estatutaria de Participación Democrática.

Calificó el mandatario la legislatura que terminó a fines del mes pasado como "brillante por la calidad de las iniciativas que se tramitaron", y agregó que "los congresistas pueden sentirse orgullosos, y es una legislatura que no es aislada, pues da continuidad al trabajo del Congreso y el Gobierno desde el 2010, cuando comenzamos el proceso de reformas y modernización del país".

Lo que se logró, dijo, "es el resultado de un proyecto de Unidad Nacional que comenzó hace cinco años y que sigue dando frutos a los colombianos".

Recordó además que en el pasado cuatrienio se aprobaron entre 300 proyectos, normas tan importantes como la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, la Ley de Ordenamiento Territorial, la Reforma a las Regalías, la reformas de sostenibilidad fiscal y la Regla Fiscal, entre otras.

Y explicó que en este primer año del segundo cuatrienio "el Gobierno vuelve a cumplirle al país, y así demuestra que la Unidad Nacional -que muchos daban por debilitada- sigue fuerte y vigente, generando el necesario consenso sobre los temas fundamentales".

Citó como prueba de ello la Reforma Constitucional de Equilibrio de Poderes, y anotó que allí se prohíbe la reelección de dignatarios. "Mientras en otras partes se reforman las constituciones para buscar la perpetuación de los mandatarios en el poder, aquí decidimos eliminarlas para no caer en ese caudillismo tropical que tanto daño hace a la democracia", expresó.

Las leyes sancionadas son estas:

Feminicidio como delito autónomo

La ley tipifica el feminicidio como un delito autónomo. Así se garantiza la investigación y sanción de las violencias contra las mujeres por motivos de género y discriminación y se fortalecen los mecanismos para prevenirlas.

Según la ley, el feminicidio es cometido por quien cause la muerte de una mujer por su condición de ser mujer o por motivos de identidad de género.

Se tipifican así los homicidios cometidos por quienes hayan tenido una relación íntima con la víctima; ejerzan sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual; cometan el delito en aprovechamiento de relaciones de poder ejercidas sobre la mujer, y cometan el delito para generar terror o humillación a quien se considera enemigo, entre otras.

Las penas en que incurrirán las personas que comentan crímenes en estas circunstancias varían entre 250 y 500 meses de prisión. Además, la ley limita los beneficios y los preacuerdos a los cuales pueden acceder las personas condenadas por feminicidio. La investigación de feminicidio o tentativa de feminicidio será obligatoria y no podrá retirarse la denuncia.

Protección y promoción a la participación democrática

Esta ley estatutaria simplifica los mecanismos de participación democrática y reglamenta algunos aspectos que eran confusos.

Entre otros, elimina la necesidad de constituir un comité y la recolección de firmas para promover una iniciativa legislativa o una solicitud de referendo o de revocatoria de mandato; permite que las consultas populares de origen ciudadano (antes, solo el presidente, el gobernador o el alcalde podían someter temas al mecanismo de consulta popular); y facilita las revocatorias de mandato al reducir del 40 por ciento de los votos con que fue elegido el mandatario al 30 por ciento para convocar una votación de revocatoria, y del 55 por ciento de participación al 40 por ciento, para que estas votaciones sean válidas.

Ley Anticontrabando

La Ley Anticontrabando es un paso clave para el desarrollo y la generación de empleo formal en Colombia.

El contrabando causa graves daños al país. No solo fomenta una cultura de la ilegalidad, sino que priva a los colombianos de recibir importantes recursos que se podrían invertir en infraestructura, salud, educación y otras políticas sociales.

La nueva legislación trae los instrumentos necesarios para combatir esta forma de competencia desleal, sin afectar a los pequeños comerciantes.

La ley moderniza y adecúa la normativa para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, la defraudación fiscal y el favorecimiento de esas conductas.

Entre otras medidas, considera el contrabando como conducta constitutiva de lavado de activos, endurece las penas y fortalece las herramientas de las entidades involucradas en la lucha contra el contrabando –Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Policía Fiscal y Aduanera (Polfa), UIAF, Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).

Modificación de las medidas de aseguramiento de privación de la libertad

La ley para racionalizar la detención preventiva, además de fortalecer el principio de presunción de inocencia y de proteger los derechos de miles de colombianos, contribuirá a reducir el hacinamiento, que es uno de los problemas más serios de la política carcelaria del país.

En Colombia, el 34 por ciento de la población carcelaria no ha sido condenada. Actualmente, el Estado colombiano enfrenta demandas por 23 billones de pesos por errores en la aplicación de esta figura.

La nueva ley hace más exigentes los requisitos para recurrir a la detención preventiva. Los jueces tendrán que demostrar que ninguna de las otras medidas de aseguramiento son útiles para evitar que el sindicado obstruya el proceso o continúe delinquiendo.

La ley también pone un plazo máximo a la detención preventiva: el sindicado podrá estar privado de su libertad hasta dos años cuando su caso sea de conocimiento de la justicia penal especializada, sean tres o más las personas acusadas o se trate de investigaciones por actos de corrupción.

Para todos los demás casos, no podrá pasar más de un año detenido.  Por último, la ley define claramente los términos procesales entre la presentación del escrito de acusación y el inicio de la audiencia de juicio oral; y entre el inicio de la audiencia de juicio oral y la lectura de fallo. Así, esta medida agilizará los procesos judiciales.

Homenaje al doctor José Francisco Socarrás

La ley es un reconocimiento a los aportes hechos a la sociedad colombiana por el médico afrocolombiano José Francisco Socarras, con ocasión del cumplimiento de los 162 años de la abolición de la esclavitud.

Para ello ordena la publicación de un libro, la elaboración de un documental y la expedición de una medalla en su honor.

La exaltación de la memoria del doctor Socarrás es un reconocimiento a los colombianos afrodescendientes y a su contribución al desarrollo de la ciencia en Colombia.

Agronomía del caucho (modifica la Ley 686 de 2001)

La ley establece nuevas disposiciones sobre la producción de látex natural y fomenta la heveicultura (cultivo de caucho) en Colombia.

Al definir nuevos fines para la “cuota de fomento cauchero”, incentiva la investigación para el mejoramiento de la de la productividad del caucho, favorece la transferencia de tecnología a los productores.

Promociona el consumo dentro y fuera del país, y estimula la formación de empresas comercializadoras, entre otros aspectos.

La nueva legislación asigna al Ministerio de Agricultura la responsabilidad de señalar el precio de referencia de cada una de las materias primas que se estén produciendo; crea sanciones a los retenedores de la cuota de fomento cauchero que no recauden la cuota, y entrega a la Confederación Cauchera Colombiana la administración del Fondo de Fomento Cauchero.

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