El Heraldo
Con la decisión de los magistrados de la Corte Constitucional, el Gobierno debe tramitar nuevamente la iniciativa. Jhonny Hoyos
Colombia

Corte tumbó el fuero penal militar

La Sala Plena del Tribunal Constitucional dice que hubo errores en el trámite de la Ley.

Inexequible declaró ayer la Corte Constitucional el proyecto de reforma al fuero penal militar con una apretada votación de cinco a cuatro sobre la ponencia del magistrado Nilson Pinilla.

El fuero, que perseguía asegurar jurídicamente a la fuerza pública con el interrogante de si dejaría los falsos positivos en estrados castrenses, presentaba según el alto tribunal vicios de trámite como que la Comisión Primera de la Cámara aprobara la reforma constitucional y, al mismo tiempo, la plenaria de esa misma cámara baja ya había comenzado el debate al respecto, lo que está prohibido por la ley que regula la actividad parlamentaria, pues las comisiones no pueden sesionar mientras haya plenaria.

Así mismo, los togados, en segunda medida, confirieron importancia al tema de la calidad del debate, al señalar que como las sesiones coincidían, se votó rápidamente y sin una discusión de fondo al respecto.

Según el máximo tribunal defensor de la Carta Magna, los vicios son insubsanables, por lo que el Gobierno deberá presentar una nueva reforma que, en todo caso y por cuestiones de tiempos, será después de la actual presidencia de Juan Manuel Santos. Por lo que el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, anunció de inmediato que radicará un nuevo proyecto con mensaje de urgencia.

Para el senador Juan Lozano, del Partido de la U, “es supremamente grave, es urgente recuperar la certeza para la fuerza pública frente a su actuar de la protección del fuero, y si fue un vicio de trámite, sería traerlo con la mayor prontitud”.

Así mismo, el senador liberal Juan Manuel Galán, ponente del proyecto, dijo que “hay que subsanar los vicios para que los militares no queden en inseguridad jurídica (…). La fuerza pública no tiene una reforma a la justicia penal militar desde hace 50 años, por lo que ya ha perdido total credibilidad”.

Por su parte, los demandantes del fuero, aprobado por el Congreso y sancionado por la Presidencia en diciembre pasado, celebraron la decisión que le da razón a la demanda interpuesta el 19 de febrero del presente año.

Los congresistas Ángela Robledo, Iván Cepeda, Germán Navas y Guillermo Rivera, los juristas Ramiro Bejarano y Santiago Medina, la ONG Comité de solidaridad con los presos políticos y la Corporación Colombiana de Juristas, que fueron los demandantes, recordaron que “además de las irregularidades de forma en su aprobación, el Legislativo no tuvo en cuenta las cifras sobre impunidad del 98% en los casos de falsos positivos y ejecuciones extrajudiciales, entre otros delitos cometidos por agentes del Estado en Colombia”.

Señalaron que la ampliación del fuero militar, “es decir, dejar en manos de los uniformados la administración de justicia para sus propios delitos, constituye un riesgo para un país en guerra como Colombia, en donde la impunidad llega a cifras tan altas y donde miles de jóvenes han sido víctimas de acciones militares, mal llamadas falsos positivos”.

Esta reforma al fuero penal militar suscitó pronunciamientos en contra de organismos como la Corte Penal Internacional, del Sistema Internacional de Derechos Humanos de la ONU, del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de organizaciones como Human Rigths Watch.

Según un informe de la alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, emitido en marzo pasado, la reforma vulneraba “la separación básica entre los poderes, que es necesaria para la independencia del poder judicial”.

“Cuando la justicia militar asume competencia en un asunto que debe ser examinado por los tribunales civiles se vulnera el derecho de las víctimas de acceso a la justicia, así como el derecho a ser juzgado por un juez competente, independiente e imparcial”, según el análisis elaborado por la oficina de la alta comisionada, Navi Pillay.

Por otra parte, el informe señalaba que era muy preocupante que la reforma constitucional “pueda llevar a que los tribunales militares se hagan cargo de causas que actualmente están siendo investigadas por la Fiscalía General”. Entre ellos menciona las relacionadas con los falsos positivos, lo que supondría “una violación del principio del derecho al debido proceso” y de “acceso a la justicia”.

Y concluye el documento que “para el sistema de justicia es importante preguntarse si los 'falsos positivos' fueron cometidos por imprudencia o intencionalmente y a órdenes de quién, cuestiones de las que habitualmente se ocupan las jurisdicciones ordinarias".

La polémica por el fuero militar se generó, sobre todo, porque la medida fomentaría la impunidad en las investigaciones por los 'falsos positivos', pues la iniciativa le otorgaba a tribunales castrenses la potestad de juzgar algunos delitos de tipo humanitario cometidos por uniformados, entre los que se encuentran las ejecuciones extrajudiciales.

Votación de magistrados

Los magistrados Nilson Pinilla, Jorge Iván Palacio, Luis Ernesto Vargas, Gabriel Eduardo Mendoza y María Victoria Calle, votaron por la inexequibilidad. Mientras que, por lo contrario, sufragaron Mauricio González, Jorge Pretelt, Alberto Rojas y Luis Guillermo Guerrero.

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