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¿Es legal pagar deudas con favores sexuales en España?

Una mujer denunció a su excuñado porque le pidió pagar con felaciones un préstamo de 15 mil euros, pero el Tribunal Constitucional consideró que no hubo delito.

Una fuerte polémica ha desatado en España la decisión del Tribunal Constitucional (TC) sobre el caso de una mujer que denunció a su excuñado porque este le pidió sexo oral para saldar una deuda de 15 mil euros.

El hecho se remonta a 2019, cuando la mujer acudió al hermano de su entonces pareja para que le prestara la mencionada suma de dinero.

“A los pocos días, según la denuncia, el hombre le dijo que como le había hecho ese favor con el dinero, ella debía hacerle dos o tres ‘biberones’ (felaciones) a la semana. Ambos se vieron en cinco ocasiones para, después de charlar un rato, tener sexo oral en el coche del denunciado”, informó el diario español ‘ABC’.

La deudora aseguró que lo hizo porque se sintió “psicológicamente obligada” y que cuando no quiso seguir con el trato recibió amenazas por parte de su excuñado, quien le enviaba mensajes diciendo “o cumples o te denunciaré”.

Por lo anterior, la mujer denunció al sujeto por el presunto delito de coacción.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional archivó el proceso legal porque determinó que no hubo delitos en este caso, pues consideró que los actos sexuales se hicieron bajo consentimiento de ambas partes.

La controversia volvió a surgir en estos días debido a que el alto tribunal inadmitió un recurso de amparo contra el auto de archivo.

“El Tribunal Constitucional no valora si pedir felaciones como medio de pago es ilegal o no, ya que no entra en el fondo del asunto al entender que el recurso presentado contra la resolución de la Audiencia de Palma no se ajusta a lo estipulado por el artículo 49.1 de la Ley Orgánica del propio TC, que obliga a justificar la ‘especial trascendencia constitucional’ para que un recurso sea admitido”, argumentó el alto tribunal.

Por esta decisión, decenas de medios de comunicación de varios países han titulado que pagar deudas con favores sexuales ya es legal en España, afirmación que algunos han calificado como falsa.

“Lo que refieren los jueces, con muy buen criterio, es que no se presupone un delito de coacciones (actuar con violencia o intimidación) ni tampoco de agresión sexual, ya que según lo investigado la mujer realizó los actos bajo consentimiento y, cuando este cesó, terminó el acto sexual. Así, lo que el tribunal refiere es que no hay indicios de delito, pero no que esa actuación esté autorizada”, escribió el penalista Juan Gonzalo Ospina en el diario económico español ‘Cinco Días’.

Por otra parte, la medida de los jueces también ha sido criticada, entre las voces que se mostraron en contra se destaca la de la ministra de Igualdad de España, Irene Montero.

“Una mujer desesperada pide ayuda a su cuñado. Para darle dinero le obliga a ser su ‘fulana’ y hacerle felaciones. Cuando ella no puede más, él amenaza con emprender acciones judiciales contra ella y su hija. Ella denuncia y pasa esto”, dijo Montero en Twitter.

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