El Heraldo
Punto de atención en el barrio El Pueblo, construido con los dineros de la estampilla. Archivo El Heraldo
Barranquilla

Supernotariado ordena no exigir en trámites pago de estampilla Pro-Hospital

Secretario de Hacienda rechaza medida y señala que hay “desinformación” de parte de Superintendencia.

Una circular del superintendente de Notariado y Registro Nacional, Jorge Enrique Vélez, estableció que la Alcaldía de Barranquilla no le debe exigir a los notarios y al registrador de instrumentos públicos verificar el recaudo de la estampilla Pro-Hospital en la expedición de certificados de paz y salvo del impuesto Predial.

La Instrucción administrativa número 09, firmada por el titular de la entidad mencionada, tiene fecha de expedición del 17 de julio. El secretario de Hacienda del Distrito, Raúl Lacouture, respondió que están en desacuerdo con la medida tomada por el Supernotariado.

En agosto del 2014, el Consejo de Estado tumbó dos artículos fundamentales, el 5 y 6, de la Ordenanza 070 de 2009 que establece el cobro de la estampilla Pro-Hospital de primer y segundo nivel en el Distrito de Barranquilla.

El máximo tribunal de lo contencioso administrativo consideró ilegal que este gravamen, del 1,5%, se cobre sobre el monto total de la compra-venta de bienes inmuebles, ya que, según la sentencia, debe cobrarse sobre el valor del documento que acredite el pago del impuesto predial. Tras el fallo, la Alcaldía presentó un recurso de súplica, el cual fue negado por el Consejo de Estado.

La medida

El oficio de la Superintendencia de Notariado expone que la medida es adoptada con base en la sentencia del Consejo de Estado. En adelante, los notarios y el registrador no tendrán que hacer la verificación de si los inmuebles en el proceso de compra y venta están al día o no con recaudo que destina sus fondos a la infraestructura hospitalaria.

“Los notarios y el registrador de Barranquilla no deben efectuar ningún tipo de verificación o exigencia respecto de dicho tributo por las razones anteriormente expuestas, tal como fue manifestado al secretario de Hacienda Pública de la Alcaldía Distrito de Barranquilla (Raúl Lacouture), en oficio de 15 de mayo de 2015”, concluye el documento  del supernotariado Vélez.

En los últimos seis años, la Administración Distrital ha recaudado 132.000 millones de pesos por el cobro de la estampilla Pro-Hospital y los recursos, asegura el Distrito, han sido invertidos en la construcción de Pasos y Caminos de salud en distintos sectores de Barranquilla.

Rechazo

El secretario de Hacienda Distrital enfatizó en que no están de acuerdo con el contenido del documento en mención. Raúl Lacouture afirmó que hay una “desinformación” de la Superintendencia, “debido a que el fallo (del Consejo de Estado) no está ejecutoriado”, razón por la cual la Alcaldía “no ha sido notificada” del mismo.

“El Distrito ha interpuesto una serie de recursos que no se han fallado de forma definitiva por parte del Consejo de Estado, por eso creemos que existe una desinformación de proceso”, puntualizó el funcionario de la Alcaldía Distrital.

El jefe de las finanzas indicó que estarán, “en los próximos días”, reuniéndose con el Superintendente para darle las explicaciones correspondientes sobre el tema. “Queremos dejar muy claro que una vez el Distrito sea notificado de una decisión en contra de la estampilla Pro-Hospital inmediatamente la dejaremos de cobrar. Somos respetuosos de los fallos judiciales, pero en esta ocasión no es cierto que haya sido así”, precisó Lacouture.

La posición de la Administración Distrital – insistió el secretario – es que mientras no sean notificados del fallo la estampilla “se va a seguir cobrando, porque está vigente. En ese sentido, esperamos que exista un pronunciamiento contrario por parte de la Superintendencia de Notariado”, agregó.

Un ejemplo del cobro

A continuación, un ejemplo de cuánto tendrían que dejar de cobrar a un ciudadano por concepto de la estampilla Pro-Hospital en el proceso de compra y venta de inmueble.

Si una persona va a vender una casa por 200 millones de pesos no le tendrían que cobrar el 1,5% sobre este valor sino que se lo debería cobrar sobre el del estado de cuenta del predial, que puede incluso consultarse por línea por la mayoría de las notarías y no tiene valor alguno, y en consecuencia, de acuerdo con el análisis del Consejo de Estado, la base gravable en esta hipótesis sería cero. Y si se tramita presencialmente, el costo del documento sería, en cualquier caso, mínimo.

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