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Marcha del orgullo gay realizada en Barranquilla.
Barranquilla

Portal del Prado tiene 48 horas para disculparse con joven gay

Debe cumplir fallo de tutela de la Corte Constitucional. Caribe Afirmativo propone que sea mañana a las 4:00 p.m.

El Portal del Prado tiene plazo de 48 horas para presentar disculpas a un joven gay barranquillero, que fue acusado sin que se probara que había cometido actos obscenos en un baño del centro comercial.

La Corte Constitucional emitió una sentencia en favor de Héctor Barrios, decisión que fue notificada ayer a dicho establecimiento.

El colectivo LGBTI Caribe Afirmativo, que en 2015 recibió la denuncia del joven que fue en busca de asesoría jurídica por el acto discriminatorio, anunció que propondrá hoy al Portal del Prado que las disculpas sean mañana a las 4:00 p.m.

En su momento, Barrios relató que “los vigilantes le prohibieron hacer uso del baño público y lo acusaron, sin ninguna  prueba, de tener actos obscenos dentro de ese lugar”.

Wilson Castañeda, director de Caribe Afirmativo, señaló que el equipo jurídico presentó junto con el afectado una  tutela  ante  el Juez 20 Civil Municipal de Barranquilla, por la vulneración de los derechos al buen nombre y dignidad humana.

“Lo sacaron a empujones, a la fuerza, con gritos y burlas lo retiraron del lugar, incluso le decían a los usuarios del centro comercial que lo sacaban por cometer actos obscenos en el baño  con otro hombre”, sostuvo Castañeda.

Pero el juez de primera instancia determinó que no hubo violación de los derechos de Barrios.

Esta decisión fue impugnada y en segunda instancia el Juez 10 del Circuito de Barranquilla le pidió al joven accionante que presentara pruebas de lo sucedido, para lo cual le envió una carta a un domicilio en el que Barrios ya no vivía. Como no hubo respuesta, el juez, que no acudió a Caribe Afirmativo pese a estar acompañando la demanda, ratificó la decisión de primera instancia, lo que fue apelado por el colectivo LGBTI y el caso llegó a la Corte Constitucional que decidió revisarlo.

Al final, el magistrado Alberto Rojas al conceder la tutela a Héctor Barrios dictaminó que como se trataba de un caso en el que se ponía de presente un acto discriminatorio por la orientación sexual de la víctima, a esta no le tocaba presentar las pruebas de lo sucedido, sino que era el centro comercial el que debía demostrar que no había sucedido lo denunciado.

Por eso, en la nueva jurisprudencia para estos casos, la Corte decidió que “el juez de tutela debe trasladar la carga de la prueba a la persona que presuntamente ejerce el trato diferencial”, (el Portal del Prado) y no pedírsela al discriminado, es decir al joven gay.

A raíz del fallo, en el acto de disculpas deben estar presentes los dos jueces que negaron la tutela, así como la Defensoría del Pueblo y la Personería de Barranquilla que no le prestaron atención al accionante.

Caribe Afirmativo manifiesta que le preocupa que este tipo de hechos son sistemáticos y que de manera permanente hay agresión y negación al uso y disfrute de los espacios de los centros comerciales en la región Caribe a personas de orientación sexual diversa. En Barranquilla hay otras 6 tutelas por hechos similares.

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