El Heraldo
Planta de tratamiento de agua de Triple A, ubicada en la capital del Atlántico. Archivo El Heraldo
Barranquilla

CRA ordena cobrar metro cúbico de agua al doble en consumos “excesivos”

Resolución 726 de 2015 aplica para 27 departamentos del país • En Atlántico, la empresa Triple A decide hoy si aplica o no las multa a quienes “desperdicien” el preciado líquido.

La Región Caribe y 20 departamentos más fueron incluidos por la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA) en un listado que ordena a las empresas de servicios públicos cobrar sanciones a quienes “derrochen” agua potable. La Resolución número 726 de 2015, que reglamenta las multas, rige desde ayer.

Con esta medida, según la CRA, se busca que las personas hagan un “uso racional” del agua, teniendo en cuenta los reportes del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, (Ideam) sobre el impacto del fenómeno de El Niño en el país, que ha generado una sequía que se extenderá, al menos, hasta marzo de 2016.

Los registros del Ideam señalan que desde el primer semestre del 2014 y con mayor intensidad en los últimos meses, se ha presentado una disminución importante de las precipitaciones en gran parte del territorio colombiano. La situación ha ocasionado que las fuentes abastecedoras de agua tengan una condición de reducción altamente significativa en varios departamentos.

Las seis zonas en las que no que no aplica la medida son: Amazonas, Caquetá, Chocó, Guainía, Putumayo y Vaupés. En agosto del año pasado también habían ordenado estas sanciones, aunque, en esa oportunidad, cobijó una menor parte del territorio.

Julio César Aguilera Wilches, director ejecutivo de la CRA, explicó: “Si bien se incluye en la medida a Bogotá y a 26 departamentos del país serán, en cada caso, las empresas prestadoras del servicio de acueducto quienes determinen si la medida les aplica o no, una vez constaten los caudales de sus fuentes de agua, los cuales están determinados en la Resolución”.

La empresa Triple A, que opera el servicio en Barranquilla y 14 municipios más, informó que están “analizando” si aplican o no las multas y que hoy emiten un pronunciamiento oficial al respecto.



La medida

La sanción se aplicará teniendo en cuenta dos conceptos, a saber: metros sobre el nivel del mar en los que se encuentra la población (msnm) y metros cúbicos de agua (M3) consumidos por suscriptor al
mes (ver infografía).

“Es importante aclarar que se entiende por ‘suscriptor’ a cada hogar o residencia a donde se tenga servicio de acueducto, sin importar cuántas personas o usuarios vivan allí”, precisó la CRA.
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Por encima de los valores máximos permitidos, cada metro cúbico consumido de exceso lo cobrarán al doble de lo que se le cobra al estrato 4 de cada ciudad.

Los recursos que se obtengan por los pagos adicionales, de acuerdo con la Comisión de Agua, van dirigidos al Fondo Nacional Ambiental (Fonam), que “deberá invertirlos en el cuidado de cuencas abastecedoras con reforestación y otras obras”.

La medida en 2014

La Resolución CRA 695 de 2014 (expedida el 12 de agosto de ese año), cobijó 12 departamentos del país. Sin embargo, Atlántico y Bolívar fueron excluidos de la lista el 21 de octubre.

En ese momento, Carolina Castillo, viceministra de Agua, explicó que “fueron retirados Atlántico y Bolívar porque Ideam reportó que hay mejoras en los caudales del río Magdalena, lo que es suficiente para abastecer a las poblaciones con el líquido”.

Durante el periodo que rigió la medida, entre Barranquilla y 14 municipios de Atlántico alcanzaron a ser sancionados 654 usuarios de la empresa de servicios públicos Triple A.

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