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La Guajira

Riohacha, otra vez se quedó sin alcalde

La decisión del ente de control se produjo por irregularidades en la contratación del Plan de Alimentación Escolar –PAE-, que tuvo un valor superior a los $5.700 millones.

El Consejo de Estado decidió revocar la sentencia de tutela proferida por el Tribunal Administrativo de La Guajira, a través de la cual el alcalde de Riohacha Fabio Velásquez Rivadeneira volvió al cargo después de haber sido destituido  e inhabilitado por 12 años por la Procuraduría General de la Nación.

La decisión del ente de control se produjo por irregularidades en la contratación del Plan de Alimentación Escolar –PAE-, que tuvo un valor superior a los $5.700 millones.

El alto tribunal a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, también declaró improcedente la solicitud de amparo constitucional, al resolver las impugnaciones presentadas por el agente del Ministerio Público y por el apoderado de la Nación contra la sentencia de tutela del 5 de junio de 2018, por medio de la cual se decretó el amparo como mecanismo transitorio de los derechos políticos y fundamentales a la igualdad y al debido proceso de Velásquez Rivadeneira.

 El alcalde del distrito de Riohacha, Fabio Velásquez Rivadeneira, estuvo detenido durante un año desde el mes de enero de 2017 hasta febrero de 2018 cuando  salió por vencimiento de términos, en el marco de la investigación que le sigue la Fiscalía General de la Nación por las presuntas irregularidades en la contratación del  PAE.

En el fallo de segunda instancia de la Procuraduría  ratificó que la selección que en 2016 hizo la alcaldía de la Asociación Social del Caribe –ASOCAR-, para suministrar alimentación a los estudiantes registrados en el Sistema Integrado de Matrícula, SIMAT, contravino el principio de transparencia previsto en el artículo 24 de la Ley 80 de 1993 o Ley de contratación.

Para el Ministerio Público el Convenio de Asociación No 02 de 2016 corresponde realmente a un contrato de suministros y  calificó la conducta cometida por los sancionados como una falta gravísima a título de culpa gravísima.

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