El Heraldo
Parte resolutiva de la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio. SIC
Judicial

SIC revoca actos que reformaron la Fundación Acosta Bendek

Concluye que “no existe claridad” sobre el órgano directivo que tomó las decisiones. “La fundación es un ente totalmente distinto a la universidad”: Luis F. Acosta. 

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) resolvió anular los actos que modificaron el estatuto y la junta directiva de la Fundación Acosta Bendek, creada por el fallecido exsenador del partido Conservador y cofundador de la Universidad Metropolitana, Gabriel Acosta Bendek. 

“Revocar los actos administrativos correspondientes a la inscripción de la reforma estatutaria, del nombramiento de Junta Directiva y la designación del presidente y vicepresidente de la Fundación, los cuales constan en el Acta de Asamblea Extraordinaria No. 001 del 5 de mayo de 2016”, indica la resolución proferida el 24 de octubre de 2016. 

La decisión fue aprobada por Claudia Zuluaga Isaza, directora de Cámaras de Comercio de la SIC. Con esta se desatan los recursos de reposición y apelación que Ivonne Acosta Acero, a través de abogada, presentó el 6 de julio a esas actuaciones. 

El pleito hace parte de la disputa entre hijos y familiares de Acosta Bendek, la cual se inició posterior a que falleciera el 10 de agosto de 2014, por un infarto derivado de un accidente casero. 

Un dictamen de Medicina Legal concluyó el año pasado que el deceso no se produjo por una agresión de su última esposa, Soraya Corzo Pinto, como Alberto e Ivonne Acosta pidieron indagar en la denuncia que  instauraron el 19 de diciembre de 2014 en la Fiscalía. Esta queja develó la puja por la fundación, que a su vez controla la universidad y el Hospital Metropolitano. 

Sin “claridad” 
Al momento de efectuarse los actos, en la Camcomercio de Barranquilla había un certificado de existencia y representación del 2 de diciembre de 1999, expedido por la Gobernación del Atlántico. 

​Según el documento, Gabriel Acosta era el representante de la fundación y presidente de la junta. De suplente fue designada Sofía Acero, su primera esposa. Tras morir Acero en 1996, su hija Ivonne Acosta asumió en 2008 la vicepresidencia, puesto que ocupó hasta las reformas. 

Por lo anterior, la SIC advierte que “no existe claridad respecto del órgano que se reunió el 5 de mayo de 2016, y si este era el competente para adoptar las decisiones inscritas”. De acuerdo con el acta 001, ese día se reunieron Eduardo, Jacobo y Alfonso Acosta Bendek, resultando elegidos presidente el primero y secretario el tercero. 

​Ivonne Acosta alegó que sus tíos “no ostentan la calidad de miembros fundadores, toda vez que desde” la constitución de la entidad “es claro que solo fueron dos las personas fundadoras”. 

Lea también: El pulso por el control de la Fundación Acosta Bendek

“Distinto” 
El fallo de la SIC se refiere solo a la fundación. No obstante, el cambio de su estructura directiva precedió el nombramiento de Alberto Acosta en la rectoría de la Unimetro, en lugar de su cuñado Carlos Jaller Raad –esposo de Ivonne–, quien ante el Ministerio de Educación apeló y alegó “violación al debido protocolo”. 

Luis Fernando Acosta Ossío, miembro del consejo directivo de la universidad, negó que las actuaciones permitieran el relevo. “La fundación es un ente totalmente distinto a la Universidad y al Hospital Universitario Metropolitano”. 

“El fallo de la Superintendencia es totalmente controvertible, se refiere exclusivamente a la Fundación, la cual tiene puesto en el consejo directivo de la universidad, pero no es el ente que rige los destinos, ya que esta tiene su consejo directivo conformado por sus fundadores y otros miembros adicionales, siendo la fundación un miembro fundador de varios existentes”, afirmó en un comunicado. 

Acosta Ossío añadió que “el asunto de fondo sobre las impugnaciones presentadas en contra de las actas se está ventilando en la jurisdicción civil del circuito de Barranquilla, adonde corresponde, y quien será la llamada a definir la controversia; si bien la Superintendencia de Industria y Comercio emitió en segunda instancia un fallo, este está siendo objeto de ataque mediante los mecanismos establecidos en la ley, pues es absolutamente controvertible. No es verdad que dicho fallo tenga los alcances que se le están tratando de dar”.

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