El Heraldo
Domicilio donde permanece Enilce López Romero desde el pasado mes de enero. Archivo EL HERALDO
Judicial

Tribunal frena desalojo de la mansión de ‘la Gata’

La diligencia, prevista para hoy, había sido ordenada por la Sociedad de Activos Especiales. El abogado de López señaló que la casa fue pedida en arriendo a esta entidad por el estado de su defendida. 

El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, Demóstenes Camargo De Ávila, admitió la tutela interpuesta por el abogado de Enilce López Romero, Diego Muñetón Restrepo, para evitar el desalojo de las dos viviendas que son contiguas y que le incautaron a la ex empresaria del chance desde 2014. 

El domicilio se encuentra ubicado en la carrera 59 No. 91-42 del barrio Altos de Riomar, en el norte de Barranquilla. 

A través de un mensaje a EL HERALDO, Muñetón señaló que él mismo instauró la acción constitucional en favor de López Romero y su núcleo familiar luego de que la entidad del Estado SAE, Sociedad de Activos Especiales, “ordenara el desalojo en contra de sus propios manuales de administración”. 

“Primero, esas no son dos mansiones son unas casas grandes y viejas, una se las ofrecimos a la SAE para que la recibiera cuando quisiera. La segunda pedimos que fuera la única entre los casi trescientos bienes incautados, que se la dejaran en depósito provisional o en arriendo porque allí está ella y su núcleo familiar, entre otros, conformado por su señora madre que no está en mejores condiciones de salud que ella (López Romero)”, expresó Muñetón. 

Esta casa periodística conoció que Muñetón Restrepo actuó en representación de las accionantes Enilce López Romero, de 64 años de edad, y de la madre de esta, Lucila Romero Castro, de 88, contra los accionados Sociedad de Activos Especiales SAS, SAE, y la Fiscalía 38 de la Unidad Nacional de Extinción de Dominio. 

Frente a la decisión del magistrado, el abogado de López manifestó que “solamente admitió la tutela y, como lo dice la ley, decretó una medida provisional consistente en suspender el desalojo mientras se resuelve la acción de fondo”.

La decisión del magistrado concede el amparo al derecho a la dignidad humana, vida, salud, igualdad, vivienda digna y debido proceso.

El desalojo estaba previsto para hoy martes 6 de marzo y había sido ordenado por la SAE con anterioridad. 

Vivienda embargada

El inmueble donde la ex propietaria de Uniapuestas, Unicat y Aposmar, cumple con su arresto domiciliario desde enero figura en un proceso de extinción de dominio mediante resolución 9477 del 20 de mayo de 2014.

López purga una condena de 27 años de prisión por el delito de un homicidio que, según la Fiscalía, fue cometido por paramilitares y ordenado por ella.

Luego de la salida del hospital de López Romero, el ente investigador ha buscado afanosamente revertir el fallo con oficios que le señalan al juez la improcedencia de utilizar la residencia como su nuevo lugar de reclusión.

Fuentes de la Fiscalía dijeron a EL HERALDO que la responsabilidad de que la casa de la condenada ex empresaria del chance esté en “ocupación irregular”, corresponde a la Sociedad de Activos Especiales, SAE.

Del ente acusador señalaron a este diario que un vez se dictó la medida contra la vivienda de López se entregó a la SAE para que la administrara.

En detalle: Las enfermedades de ‘la gata’

En la tutela impetrada por Enilce López y su madre Lucila Romero Castro se detallan las enfermedades o patologías de la primera en justificación para la solicitud de sus derechos: desnutrición proteico calórica severa, en tratamiento; trastorno mayor de depresión y ansiedad , en tratamiento; cardiopatía mixta compensada; falla cardiaca; enfermedad pulmonar obstructiva crónica; hemorragia de digestivas bajas; síndrome anémico; neuropatía y miopatía secundaria; desancondicionamiento  físico por inmovilización prolongada; osteopenia; estrés por encierro prolongado; isquemias cerebrales transitorias; fasciculaciones y mioclonias; disautonomía manifestada como hipotensión ostostástica; anorexia nerviosa asociada a estado de ansiedad y depresión, artrosis cervical sintomática; síndrome de mala absorción secundaria a desnutrición, entre otras, “documentadas a través de su voluminosa historia clínica”. 

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