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Judicial

Juez ratifica hospitalización en casa a ‘la Gata’

El Juzgado Sexto de Ejecución de Penas confirma su decisión del 18 de diciembre de 2017 • Ordena a Medicina Legal que 24 horas después de la notificación informe qué hace falta para la implementación del programa ‘home care’ en la vivienda de Enilce López. 

El juez sexto de ejecución de penas de Barranquilla, David Hassam Saade Morad, ratificó ayer la decisión de otorgarle el beneficio de hospitalización en casa a la exempresaria del chance Enilce López, conocida como la ‘Gata’. 

“Respecto a las condiciones del programa ‘home care’, debe decirse que  a la fecha se mantiene vigente la orden impartida el 18 de diciembre de 2017, en la cual, con fundamento en el artículo 68 del Código de Penal y los dictámenes médico legales, se concede la sentencia de prisión domiciliaria bajo el programa ‘home care”, cita el fallo del juez.

De acuerdo con la decisión, la detenida podrá cumplir con el resto de su tratamiento médico en su residencia bajo el programa de hospitalización en casa.

EL HERALDO conoció que el juez Saade Morad pidió además investigar a Carlos Valdez, director de Medicina Legal, de forma penal y disciplinaria. Así mismo, López deberá ser sometida a un nuevo examen en Medicina Legal una vez sea trasladada a su casa. 

“Se ordenará al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses se sirva especificar al despacho, dentro del término máximo de 24 horas contadas a partir de la notificación de la presente decisión, qué falta por implementarse dentro de dicha figura para efectos de poderse materializar la orden emitida”, continúa el documento firmado con fecha de 10 de enero de 2017.

A las afueras de la E.S.E. Cari, donde hasta ahora se encuentra recluida la exempresaria del chance, Diego Muñetón, abogado de López, señaló que “la decisión del juzgado es que Medicina Legal determine de una vez y por todas si los elementos en su casa instalados cumplen a finalidad los requisitos para que ella tenga la hospitalización en casa. Así mismo, está requiriendo y concursando copias al doctor Valdez y a los otros seis médicos forenses que firmaron un oficio manifestando que la señora Enilce López debía permanecer hospitalizada, sin ninguna base científica ni de opinión pericial”.

En el mismo sentido, afirmó  que “se hará una verificación a la casa de la señora López. Se dan 24 horas meritorias para que determinen si esta está apta. El señor juez tomará nuevas decisiones al respecto para hacer cumplir su decisión. Esto está debidamente ejecutoriado en el auto del 18 de diciembre, y no queda más sino llevarlo a cabo”.

Entre tanto, el oficio cita: “Se encuentra con sorpresa que ahora el Instituto Nacional de Medicina Legal considere que la condenada López Romero debe continuar el tratamiento hospitalario hasta tanto se verifique con soportes documentales válidos que su estado de salud ha mejorado, por cuanto contrario a esta afirmación encuentra el despacho en el expediente la siguiente información, valga aclarar que tiene su origen en Medicina Legal: “En este momento no está indicado permanecer interna en institución hospitalaria ya que estos servicios se encuentran orientados para la atención de problemas agudos, además de que se constituye en un riesgo adicional de adquirir infecciones nosocomiales dada su condición nutricional”. 

 

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