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Judicial

Fiscalía acusa por prevaricato a Jueza Primera de Sabanalarga

También fue acusado por el mismo delito el entonces Fiscal Primero Seccional de ese municipio.

El pasado viernes 5 de junio, un Fiscal Especializado Anticorrupción de Bogotá acusó ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla a la actual Jueza Primera Promiscua del Circuito de Sabanalarga, Esther María Armenta Castro; y al entonces Fiscal Primero Seccional de ese municipio, Wilmar Gómez Orozco, por el delito de prevaricato por acción (hoy Fiscal Seccional en Arauca).

Los hechos que derivaron en la acusación en contra de los dos funcionarios judiciales se originaron tras el homicidio de Arnaldo Molina Sarmiento, ocurrido el 25 de diciembre de 2013, en el barrio Las Mercedes de Sabanalarga.

Por el homicidio, las autoridades capturaron como indiciados a Yeison Rafael Díaz Lechuga, alias el Comején; a Juan José Orozco Olivares y a Evaristo Antonio Morales Sánchez, alias Evaristico.

De acuerdo con el escrito de acusación de 46 páginas conocido por este medio, a los dos primeros procesados, el titular de la Fiscalía Segunda Seccional de Sabanalarga, Gualberto Fontalvo Marmolejo, les imputó cargos por el delito de homicidio agravado y cuyos procesos se encuentran en etapa de juicio actualmente.

Sin embargo, el fiscal Wilmar Gómez Orozco, en su calidad de Fiscal Primero Seccional de Sabanalarga para la época de los hechos, durante el período de vacaciones de su titular, “retiró sin fundamento legal alguno, la solicitud de formulación de imputación de cargos que contra el indiciado Evaristo Antonio Morales Sánchez (…) había presentado el doctor Wadalberto Fontalvo en su calidad de fiscal titular de la Fiscalía Segunda Seccional de Sabanalarga, dentro del espoa (…) y en su lugar procedió a solicitar y sustentar audiencia de preclusión, exponiendo conceptos sin fundamento legal y probatorio alguno”, se lee en el escrito de acusación.

El 23 de julio de 2015, un día antes que terminara su encargo como Fiscal Segundo Seccional de Sabanalarga, el fiscal Gómez Orozco presentó ante la jueza Esther María Armenta Castro la solicitud de preclusión en favor del indiciado Evaristo Antonio Morales Sánchez, como argumento principal del fiscal “por ausencia de intervención del imputado en el hecho investigado”, la cual fue aceptada por la jueza Armenta Castro.

En su decisión, la togada argumentó: “este instituto procesal comporta la terminación de la actuación penal, sin agotar todas las etapas del proceso ante la ausencia de mérito para formular cargos en contra del indiciado o imputado. Es una determinación de carácter definitivo por el juez con funciones de control de conocimiento, que ordena cesar la persecución penal respecto de los hechos materia de investigación (…).

Demanda contra la decisión

Una vez conoció la decisión de la jueza, la madre de Arnaldo Molina Sarmiento, en calidad de víctima, presentó una demanda de tutela contra el fiscal y la juez, con la que pretendía impugnar la preclusión ilegal que señalaba en su denuncia.

La acción constitucional fue conocida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, cuya decisión fue la siguiente: “(…) en la que si bien es cierto se negó por improcedente el amparo del derecho fundamental al acceso a la justicia y al debido proceso, no lo es menos que en la misma se ordena la compulsa de copias ante la Fiscalía General de la Nación”.

Y agregaron los magistrados del Tribunal Superior de Barranquilla: “por otra parte, si bien la acción constitucional de tutela no es procedente en el caso concreto, esta sala observa, luego de escuchar los audios anexados con la presente acción y las copias de los elementos materiales probatorios recolectados en la investigación, que fue en exceso apresurada la preclusión de la investigación en el delito por el homicidio del señor Arnaldo Molina Sarmiento, por lo tanto se considera necesario compulsar copias de la presente acción constitucional, con destino a la Fiscalía General de la Nación, para que se investiguen las acciones desplegadas por los funcionarios judiciales que intervinieron la preclusión de la investigación en el proceso que se concitó en esta demanda constitucional”.

“Preclusión exprés”

El Fiscal Especializado Anticorrupción de Bogotá hizo un análisis de las “ilegalidades” de la petición de la preclusión solicitada por el entonces fiscal Wilmar Gómez Orozco, ante la jueza Esther María Armenta Castro.

El funcionario judicial señaló, entre otros argumentos sobre el fiscal Gómez Orozco “no cumplió la Fiscalía con la carga legal de demostrar, más allá de toda duda razonable, la causal que convocó, es decir, la ausencia de la intervención de Evaristo Antonio Morales Sánchez, en la muerte de Arnaldo Molina Sarmiento, porque, de una parte no contaba con los elementos materiales probatorios para poder cumplir con su carga legal, al punto que su intervención se limita a fabricar una serie de conjeturas, falacias y sofismas, con un discurso que parece más defensor técnico, que de fiscal responsable y obligado a cumplir con su misión, que no era otra que establecer con un mínimo de certeza, si el hecho investigado realmente ocurrió, si se encuentra tipificado en la ley penal y quiénes son los autores o partícipes del mismo”.

Consignó también en el escrito de acusación el representante del ente acusador: “y de otra parte, su actuación dentro del radicado (…) que podría calificarse desde ya como una preclusión exprés sin fundamento legal; está revestida de circunstancias que llevaron a que la verdadera víctima, la señora madre del occiso (…) presentara la denuncia contra el fiscal Wilmar Gómez Orozco y la juez Esther María Armenta Castro, protagonistas de la prescripción exprés, el primero como solicitante, exponiendo un claro concepto contra la ley, y la segunda por no haber cumplido con su obligación legal de rechazar los conceptos ilegales, que a su consideración, estudio y decisión le presentó el fiscal Gómez Orozco.

De la juez, el Fiscal Especializado Anticorrupción de Bogotá indicó que “Armenta Castro vulneró el bien jurídico de la administración pública, sin justificación alguna (…). Además, no fue un error o lapsus de buena fe, pues lleva varios años fungiendo como Juez Promiscua del Circuito en propiedad y es, según su hoja de vida, una abogada titulada, con amplia experiencia desde julio de 2006 (…) y de contera no son claras ni lógicas ni fundadas las razones en que sustentó la preclusión de marras”.

Prosiguió el representante del ente acusador: “(…) en cuanto al hecho evidente que la juez Armenta Castro, de una parte, tenía plena conciencia y certeza, pues en sana crítica, objetiva e imparcial, los elementos materiales que obraban en la carpeta de marras, lo que mandaban era seguir con línea de actuación seria, fundada y responsable que venía liderando el titular, y seguir desarrollando la indagación. Pero además, Armenta Castro, en el momento de proferir la decisión de preclusión, estaba en pleno uso de sus facultades mentales y tenía la capacidad de determinarse de acuerdo a esa comprensión. Conocía la ilicitud de su comportamiento y aun así, de manera libre y voluntaria, lo ejecutó”.

Y concluyó “sofista y falaz argumento de la juez Armenta Castro y del fiscal Gómez Orozco no sirve para demostrar la ausencia del indiciado, Evaristo Morales Sánchez, en el homicidio de Arnaldo Molina Sarmiento”.

Procesos penales que cursan contra la juez

En julio de 2019, el Consejo Superior de la Judicatura suspendió provisionalmente por ocho meses a la juez primera Promiscua del Distrito de Sabanalarga, Esther María Armenta Castro, al tiempo que le abrió una investigación disciplinaria por presunta falta grave dolosa.

Los hechos por los que fue suspendida la togada se debieron a que realizó el trámite irregular de un incidente de regulación de honorarios de un abogado, por lo que la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito de Barranquilla abriera la investigación en su contra.

En concepto de los magistrados, Armenta Castro ordenó un pago por el orden de los $100 millones, aplicando “normas que se encontraban derogadas”, lo que excedió la cuantía. Y agregan que la Jueza Primera Promiscuo de Sabanalarga “no dio apertura a la etapa probatoria”, lo que impidió que la parte demandada “contestara e interpusiera los recursos de ley”.

Actualmente cursan en La Fiscalía cuatro procesos, dos de ellos por el delito de prevaricato, contra la jueza Esther María Armenta Castro, los cuales se encuentran en estado activo, de acuerdo con lo registrado en el Sistema Penal Oral Acusatorio, Spoa.

El pasado 9 de junio el aspirante a Personero de Candelaria, Jesús Montero Fontalvo, denunció a la juez Armenta Castro ante la Fiscalía General de la Nación delegada ante el Tribunal Superior del Atlántico y ante la Unidad Nacional Anticorrupción y la Fiscalía  Delegada a Nivel Nacional para la Seguridad Ciudadana, por los delitos de prevaricato por acción en concurso de prevaricato por omisión y por abuso de la función pública.

Igualmente fue denunciada disciplinariamente ante el Consejo Seccional de la Judicatura, con copia a la Presidencia del  Consejo Superior de la Judicatura de Bogotá y ante la Procuraduría General de la Nación.

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