El Heraldo
Martha Pinilla Díaz, exinvestigadora judicial del CTI. Archivo EL HERALDO
Judicial

Fallo condenatorio contra exdetective del CTI por favorecer a Silvia Gette

El Juzgado 23 penal de Conocimiento de Bogotá dictó sentido condenatorio por el delito de cohecho propio en contra de la exinvestigadora judicial, Martha Pinilla Díaz.

En audiencia realizada en la mañana de este martes en los Juzgados de Paloquemao, en Bogotá, el Juez 23 Penal de Conocimiento de esa ciudad dictó sentido condenatorio por el delito de cohecho propio en contra de la exinvestigadora del CTI, Martha Lucía Pinilla Díaz, procesada por favorecer a la exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe, Silvia Beatriz Gette Ponce.

Durante la investigación, la Fiscalía estableció que Pinilla Díaz recibió pagos de Gette Ponce por hasta 80 millones de pesos en 2013 para buscar testigos en cárceles de Barranquilla, que favorecieran a la exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe e inculparan a María Paulina Ceballos en el asesinato de su esposo, el ganadero Fernando Cepeda.

En su momento el ente investigador señaló que para efecto de los presuntos sobornos a los exparamilitares Sergio Luis Rodríguez Alemán, alias Saya; Eliécer Remón Orozco, alias Cochebala y Rafael Eduardo Julio Peña, Chiqui, fueron hallados en una empresa de giros, constancias de dineros enviados por Martha Pinilla a Nerly Gutiérrez, esposa alias Saya, el 9 de septiembre de 2013, 25 de noviembre de 2013, 21 de mayo de 2014 y 1 de septiembre de 2014 de más de 2 millones de pesos cada uno.

Nerly Gutiérrez fue asesinada de varios tiros en abril de 2017 cuando atendía una frutera de su propiedad, en el barrio Los Girasoles.

El pasado 29 de mayo el Juzgado 11 Penal del Circuito de barranquilla conenó a nueve años de prisión a Silvia Gette Ponce, por apropiarse en 2007 de un millón de dólares que sacó de las arcas de la Universidad Autónoma del Caribe, dinero que supuestamente sería usado para inversiones financieras con un canadiense que le generaría ganancias a la universidad.

La audiencia de lectura de sentencia contra Martha Pinilla Díaz quedó programada para el próximo 5 de agosto.

Con la decisión del sentido del fallo condenatorio contra Martha Pinilla, los abogados de víctimas quedaron satisfechos.

Artículo  405

Cohecho propio. El  servidor público que reciba para sí o para otro, dinero u otra utilidad, o acepte promesa remuneratoria, directa o indirectamente, para retardar u omitir un acto propio de su cargo, o para ejecutar uno contrario a sus deberes oficiales.”

Se establece entonces la conducta por parte del servidor público, generando un sujeto activo calificado. También está dirigido a aquella conducta que retarde u omita un acto propio del cargo, aspecto que será fundamental para diferenciarlos.

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