El Heraldo
Yebelys Galindo, esposa, y Eudez De la Hoz, padre del obrero que perdió la vida. Luis Rodríguez
Judicial

“Alguien tiene que responder por la muerte de mi hijo”: padre de obrero fallecido

Familia del obrero que falleció luego de que una cornisa le cayera en la cabeza clama por justicia y espera que pronto se establezcan responsabilidades.

La muerte de Esmilton De la Hoz, un  obrero de 30 años que perdió la vida el pasado jueves a las 8 de la mañana en condiciones que se pueden catalogar de extrañas o absurdas, todavía es motivo de conversaciones en los buses, en las esquinas y en tertuliaderos públicos de la ciudad.

De acuerdo con su compañera sentimental, Yebelys Galindo, De la Hoz dejó los muros que lo vieron nacer en el corregimiento La Playa de buen humor y optimista como de costumbre.

En el barrio El Golf,  en el edificio Grattacielo, ubicado en la carrera 58 No. 81 – 35, una construcción de 40 pisos, lo esperaban sus labores como estucador de cielo raso.

Luego de compartir un tinto con algunos de sus compañeros, mientras esperaba la autorización para el ingreso a su área de trabajo en el piso 26, del cielo le cayó la muerte materializada en un pedazo de cornisa que se desprendió de los pisos 10 y 11, impactando su cráneo y acabando con su vida de forma fulminante.

El pasado viernes, el cuerpo de De la Hoz fue sepultado en el cementerio Eduardo Santos del corregimiento La Playa a las 4 de la tarde.

“Alguien tiene que responder por esto que le pasó a mi hijo. Nosotros todavía estamos confundidos, estamos viviendo nuestro duelo, pero muy pronto vamos a empezar a movernos porque esa muerte de mi hijo se pudo evitar. Eso no puede quedar así, alguien tiene que responder”, recalcó Eudez De la Hoz, padre del difunto. 

Los gastos del funeral corrieron por cuenta de Héctor Martínez, contratista y jefe directo de De la Hoz.

“Él ha estado muy pendiente de todo. Nosotros no hemos sabido nada de la constructora o de la gente del edificio, solo el señor Héctor que nos dice que va a hacer todo lo posible por ayudarnos y para que la constructora o la póliza de seguro responda”, aseveró Galindo.

Héctor Martínez recordó que el accidente no ocurrió dentro del área de trabajo y explicó que tiene entendido que la póliza de seguro del edificio debería responder por la indemnización y reparación a la familia.

“Eso queda en manos de la constructora y a mí me dijeron que se van a encargar de todo, pero todavía todo está muy reciente y eso apenas está en proceso”, aseguró.

En su momento Cristian Simanca, residente en el último piso del edificio ubicado en la calle 81 No 57-24, contiguo al Grattacielo, indicó  que en reiteradas ocasiones  denunció ante el Damab la continua caída de elementos de construcción en sus predios, provenientes del edificio Grattacielo.

EL HERALDO intentó comunicarse con representantes de la edificación donde se presentó el hecho, pero no hubo un pronunciamiento.

A las denuncias se les hizo seguimiento

Jaqueline Reina, directora de la entidad explicó que la constructora tramitó a tiempo todos los respectivos permisos referidos al manejo del impacto ambiental, además la directora indicó a la constructora   se  le impuso una serie de obligaciones sobre el manejo de vertimientos, de emisiones,  y residuos.

“A las denuncias del señor se le hizo su debido seguimiento y se pudo constatar que la empresa constructora está cumpliendo con las obligaciones impuestas. Verificamos el cumplimiento de las imposiciones y encontramos que ellos las están cumpliendo a cabalidad”, afirmó . 

Marco legal

De acuerdo con el abogado Noé Gómez, la indemnización que podría recibir De la Hoz, según la ley, depende de la capacidad de producción de la persona y la proyección de su vida útil y laboral. “La persona tiene vocación de estar produciendo al momento de la muerte y eso se multiplica por la probabilidad de vida que tenga de acuerdo a los estudios que hace el Dane sobre la probabilidad de vida de los colombianos, eso nos daría el monto”, indicó el abogado. Además agregó que se tiene que tener en cuenta los perjuicios a terceros como los hijos, compañera permanente y padres, que generan una indemnización diferente. Según Gómez, una cosa es la póliza laboral y la otra es la responsabilidad que se deriva de la culpa civil o la culpa penal frente a la responsabilidad que tuvo la empresa para que sucediera el accidente. “Entonces estaríamos hablando de una responsabilidad a título de culpa, cuando se demuestra que fue por irresponsabilidad o porque se obvió u olvidó algo para que esas normas de seguridad  no se tuvieran en cuenta y fueran violentadas”, indicó.

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