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Recibo de Electricaribe y facturación a estrato 4 en Barranquilla. |
Economía

Sobretasa de energía comenzó a generarse en mayo, pero se cobrará después del 31 de octubre

La Superservicios indicó que las operadoras de energía del país tienen un plazo de cinco meses para adaptar a su sistema el cobro de la sobretasa, pero durante este periodo está vigente el impuesto sobre el consumo.

En las primeras cinco facturas que reciban los usuarios con el cobro de la sobretasa de energía a estratos 4,5 y 6, comerciales, industriales y no regulados, se incluirá el cobro adicional del impuesto que se generó desde el 26 de mayo de 2019, cuando entró en vigencia el gravamen, hasta el 31 de octubre, fecha en que termina el perido de transición.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios informó que los primeros periodos de la sobretasa, correspondientes a los meses de transición, se cobrarán de manera retroactiva y divididos en cinco facturas, junto con el impuesto corriente que se genere en el mes y que equivale a $4 por cada kilvatio/hora consumido.

La etapa de transición se dio a las empresas de energía como un plazo para adaptar sus sistemas para el cobro y reacudo de la sobretasa y su reporte a la Superintendencia de Servicios Públicos.

"Lo que se va hacer es que se facturan hasta cinco ciclos contados desde el 26 de mayo pasado, en los que cada mes a partir del 31 de octubre se debe ir cobrando uno de estos ciclos. Tiene que ser uno a uno y se cobrará con el período corriente. Como los ciclos son variados lo que va a pasar es que cada empresa recuperará cada ciclo de facturación de los anteriores. Esperamos que el periodo de transición sea los más suave y las operadoras hagan los ajustes", dijo Avendaño. 

La Superintendencia estima que recibirá de los 2.774.102 usuarios del país (número que cambia cada mes) unos $130.000 millones al año por el cobro de la sobretasa que ingresarán desde febrero de 2020 al Fondo Empresarial, cuyo fin es financiar a las empresas de energía intervenidas y con inconvenientes financieros.  

El cobro de la sobretasa aparecerá registrada en la facturación o recibo como sobretasa 4 pesos, artículo 313 Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de Desarrollo 2019-2022, y especificará los kilovatios que consumió el usuario para la facturación corriente.

Natasha Avendaño García, Superintendente de Servicios Públicos. El Heraldo
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