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Economía

SIC confirma sanción a “Ruta del Sol II” por más de $295 mil millones

La decisión cobija a Odebrecht y socios involucrados en el proceso.

La Superintendencia de Industria y Comercio, (SIC), confirmó la sanción impuesta a Odebrecht y socios por ‘Ruta del Sol II’ emitida el pasado 28 de diciembre de 2020 bajo la Resolución 82510.

Según el documento, el órgano de control no encontró mérito para modificar ninguna de las decisiones y sanciones adoptadas en dicha resolución, por lo que fueron rechazadas todas las solicitudes de nulidad propuestas en los recursos de reposición por los defensores.

En consecuencia, para la SIC los argumentos de los demandantes carecían de fundamento legal.

La Superintendencia de Industria y Comercio, indicó que los hallazgos encontrados en el curso de la investigación, motivaron al envío de copia del expediente a la Fiscalía General de la Nación para que se investiguen los delitos económicos, electorales y/u otros que sean advertidos por el ente acusador.

En ese sentido, la SIC también anunció que respecto al pago de sobornos y otros aportes no declarados y que fueron probados por este organismo, se identificó cuentas bancarias y fondos internacionales utilizados, según esta entidad para defraudar la ley por lo que el expediente será enviado a la Superintendencia de Sociedades. 

Finalmente, este ente investigador mostró su desagrado por la forma como fueron tratados por parte de los defensores algunos de sus funcionarios, incluso el director y declaró “esta Autoridad exhorta a los apoderados de los investigados y sancionados a mantener un trato cortes y respetuoso con los funcionarios, y a no utilizar los recursos como herramientas para agredir y acusar sin fundamento, para lo cual, si existen pruebas de la comisión de dichas conductas, existen instancias disciplinarias y penales a las cuales pueden acudir. Por lo anterior, se compulsarán copias de la Resolución 30343 del 20 de mayo de 2021 (por la cual se decidieron los recursos de reposición) a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, para que determine si los abogados Alfonso Miranda Londoño y Jaime Andrés Velásquez Cambas, a través del empleo de diferentes expresiones, afirmaciones e insinuaciones, descalificaron o acusaron de forma indebida e infundada a los funcionarios de la Superintendencia de Industria y Comercio, incluido su titular.

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