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Economía

Sancionan con $8 mil millones a cartel de venta de raciones militares

La Superintendencia de Industria y Comercio también estableció multas para 10 personas por haber ejecutado o facilitado la conducta anticompetitiva. 

La Superintendencia de Industria y Comercio estableció una millonaria sanción de $8.381.068.839 a cuatro compañías por haberse cartelizado en los procesos de adquisición de productos de comidas listas y panadería larga vida para la conformación de raciones militares adelantados por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares en el mercado de compras públicas de la Bolsa Mercantil de Colombia (BMC) entre enero de 2011 y marzo de 2018.

Las empresas sancionadas son Industrias Alimentos y Cathering (Catalisa), la Huerta de Oriente, Iberoamericana de Alimentos y Servicios, Ibeaser y a la Productora y Distribuidora de Productos Lácteos y Comestibles (Prolac).

Además, el organismo de control señaló que también fueron sancionados 10 personas naturales por haber ejecutado o facilitado la conducta anticompetitiva. 

 

El caso

La Superindustria encontró acreditado un acuerdo ilegal entre Catalinsa , LHO, Ibeaser y Prolac, a través del cual se distribuyeron las adjudicaciones de las ventas de los productos de comidas listas y panadería larga vida, necesarios para la conformación de las raciones militares, en el marco de los procesos de adquisición adelantados por la ALFM en el mercado de compras públicas de la Bolsa Mercantil de Colombia. 

De acuerdo con la entidad, los agentes del mercado sancionados idearon y ejecutaron de manera continuada una dinámica que afectó la libre competencia en 18 procesos de adquisición llevados a cabo entre enero de 2011 y marzo de 2018.

La SIC compulsó copias a los entes de control por el comportamiento desplegado por la ALFM, quien al parecer, mantuvo una relación estrecha con los investigados e incluso los citaba a reuniones en las que les informaba sobre las características y cantidades de los productos requeridos para la conformación de las raciones militares, de manera previa a la realización de los procesos de adquisición en la BMC.   

Contra la decisión procede recurso de reposición ante el Superintendente de Industria y Comercio conforme lo indicado en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011.

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