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Negocios de bebidas y comidas que están en el RST no pagarán impoconsumo

Así lo informó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

La DIAN confirmó que aquellos negocios que se dedican al expendio de comidas y bebidas de manera exclusiva y que estén inscritos en el Régimen Simple Tributario (RST), no tendrán que pagar el impuesto al consumo del 2022.

Dicha medida hace parte de la Ley de Inversión Social, que se aprobó el año pasado, y se adoptó para apoyar la reactivación económica en Colombia.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales realizó un llamado para que las personas naturales y jurídicas que desarrollan estas actividades y que estén inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST), actualicen el RUT en la página web de la entidad, para evitar desplazamientos.

Los empresarios que tengan la responsabilidad del impuesto al consumo en su RUT durante algunos días de 2022, deberán declarar la fracción del impuesto por el número de días que aparezca la responsabilidad de Impoconsumo.

“Los empresarios que se dediquen exclusivamente al expendio de comidas y bebidas inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST) podrán actualizar el Registro Único Tributario (RUT), reemplazando la responsabilidad 33 del Impuesto Nacional al Consumo, por el código 50 No responsable del impuesto al consumo; o 57, Persona jurídica No responsable del impuesto al consumo, según corresponda”, explicó la entidad.

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