El Heraldo
Fachada de la Dian.
Economía

Gobierno nacional define el calendario tributario de 2019

Algunos de los contribuyentes pagarán en febrero.

Como cada año, el Gobierno publica un calendario de impuestos para que todas las personas cumplan a tiempo con sus obligaciones tributarias. Además, en este 2019 también será muy importante que los contribuyentes conozcan al detalle los cambios que se establecieron en la Ley de Financiamiento y que podrían tocarles el bolsillo; sin embargo, la entidad todavía no ha informado de estas modificaciones.

En primer lugar, el plazo para que las personas naturales obligadas a declarar presenten este tributo ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y, en el caso que corresponda, asuman el pago, irá desde el próximo 6 de agosto hasta el 17 de octubre. Los vencimientos se estipularán en función de los dos últimos dígitos de su NIT.

En 2017 la administración tributaria obtuvo un recaudo de $2,32 billones. Además y el número de contribuyentes llegó a 2,9 millones, lo que representó un incremento de 14%.

Por su parte, los grandes contribuyentes pararán la primera entre el 8 y 21 de febrero; la segunda entre el 9 y el 25 de abril; y la tercera entre el 11 y el 25 de junio. Y para el resto, los pagos se harán en dos cuotas. La primera entre el 9 de abril y el 10 de mayo y la segunda en entre el 11 y el 25 de junio.

Igualmente, otras fechas importantes para tener en cuenta en el calendario este año son los próximos pagos de los impuestos a la gasolina (15 de febrero) y al carbono (15 de marzo). También, el primer pago de la retención en la fuente se deberá realizar entre el 8 y el 21 de febrero.

Para el IVA, los responsables de este impuesto cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2018 sean iguales o superiores a 92.000 UVT; es decir, de $3.050 millones, deberán presentar la declaración de manera bimestral, dependiendo del último dígito del NIT. En este caso, en el primer bimestre el vencimiento será entre el 8 y el 21 de marzo.

Sin embargo, los que tengan ingresos inferiores a esos 92.000 UVT deberán presentar la declaración de este impuesto y pagar de manera cuatrimestral. Para estos casos, los vencimientos son: primer cuatrimestre: entre el 9 y el 22 de mayo de 2019; segundo cuatrimestre: entre el 10 y el 23 de septiembre; tercer cuatrimestre: entre el 10 y el 23 de enero de 2020.

También, los responsables del impuesto nacional al consumo deberán saber que el pago es de manera bimestral en los mismos periodos y fechas que el impuesto sobre las ventas. Se incluirá el tributo a las bolsas plásticas y al cannabis. 

 

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