Deudores del Sistema de Seguridad Social tienen nuevos beneficios tributarios
La fechas de los vencimientos fueron fijadas entre septiembre y octubre de 2019.
La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) anunció nuevos beneficios tributarios para los deudores del Sistema de la Protección Social, contemplados en la Ley de Financiamiento, los cuales son de carácter temporal.
Estos beneficios van orientados a los aportantes objeto de procesos de fiscalización y sancionatorios en curso, así como aquellos que se encuentren con demanda admitida ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por deudas a los subsistemas de la protección social, entre otros, salud y pensiones.
Es así como se establecieron dos modalidades de beneficios que son “terminación por mutuo acuerdo” y “conciliación judicial”, los cuales tienen unas fechas límites de pago para que los aportantes se puedan acoger.
En el caso de la terminación por mutuo acuerdo en el proceso de Fiscalización (determinación de obligaciones), se establece la exoneración del 80% de los intereses, (excepto los intereses del sistema pensional), y la exoneración del 80% de las sanciones por omisión e inexactitud.
Para la conciliación de los procesos judiciales de fiscalización se establece la exoneración entre el 80% y el 70% de los intereses (excepto los del sistema pensional), y la exoneración del 50% de las sanciones por omisión e inexactitud dependiendo de la instancia en la que se encuentre el proceso.
La fechas de los vencimientos fueron fijadas entre septiembre y octubre de 2019.
La directora de la Unidad, Gloria Inés Cortés, dijo que para disfrutar del beneficio, es obligatorio manifestar interés de acogerse a la terminación por mutuo acuerdo antes de que transcurran dos o cuatro meses, según corresponda, a partir de la notificación de los actos administrativos objeto de transacción.