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Economía

Desalojos de inmuebles en arriendo no podrán realizarse “a la brava”

Así lo advirtió Minvivienda. El pasado 30 de junio terminó vigencia de medidas sobre de arrendamiento en el marco de la emergencia por la COVID-19.

Los desalojos de inmuebles que están en arriendo solo podrán realizarse con una orden judicial y no “a la brava”, advirtió el Ministerio de Vivienda luego de que finalizara el término de las medidas sobre arrendamiento de inmuebles con destinación habitacional y comercial expedidas por el Gobierno nacional en el marco de la emergencia por la COVID-19.

Algunas de las disposiciones del Decreto 579 del 15 de abril de 2020 terminaron el pasado 30 de junio, tales como la prohibición de los desalojos, el cobro de intereses por mora por el impago del canon de los arrendamientos, al igual que el congelamiento de los intereses de los arriendos y de los gastos de administración en propiedad horizontal.

Todas estas medidas “comenzaron a operar normalmente”, dijo el director del Sistema Habitacional del Ministerio de Vivienda, Carlos Felipe Reyes.

Indicó que a pesar de que terminaron las medidas, el Minvivienda promueve la realización de acuerdos entre arrendadores y arrendatarios para sobrellevar la emergencia.

Además, se recomienda que las asambleas de propiedad horizontal se realicen de manera virtual para prevenir contagios.

El reajuste del valor de los cánones de los contratos de arriendo que se renovaban entre el 15 de abril y el 30 de junio se había aplazado. Ahora, deberán pagarse los cánones mensuales con el incremento inicialmente pactado.

En este año, de acuerdo con Fedelonjas, el valor máximo autorizado del incremento de los arriendos es de 3,8% y solo aplica cuando se cumplan 12 meses desde el inicio del contrato o después del último incremento.

Un sondeo de Fedelonjas indica que cerca del 50%  de los arrendatarios residenciales y el 60% de los comerciales lograron acuerdos durante la vigencia del decreto.

Sector se autorregula. Por su parte, la gerente de la Lonja de Propiedad Raíz de Barranquilla, Sandra Carbonell, dijo que si bien las medidas establecidas por el Gobierno quedaron sin efecto, el mercado debe comenzar a autorregularse y en especial en Barranquilla y el Atlántico, donde aún se mantienen restricciones frente al avance del virus.

La ejecutiva dijo que se reactivaron las condiciones contractuales que tenían los negocios de arriendo antes de que fuera expedido este decreto, es decir, se podrán aplicar los ajustes a los cánones cuando haya lugar a ello, al igual que intereses de mora, penalidades, sanciones e indemnizaciones.

“Sin embargo, las condiciones del entorno económico y social siguen siendo complejas por lo que es necesario que el negocio inmobiliario sea capaz de autorregularse y sigamos llegando a acuerdos razonables entre propietarios y arrendatarios, que permitan que los inmuebles continúen ocupados, minimizando así el impacto económico para las partes involucradas”, agregó.

Destacó que la situación de emergencia sanitaria en Barranquilla y en todo el país prevalece, e “incluso nos encontramos ante nuevas medidas de confinamiento local por el crecimiento exponencial del virus en nuestro departamento, entonces debemos ser capaces de autorregularnos en este sentido. Para esto las inmobiliarias están dispuestas a cooperar en la búsqueda de ese entendimiento entre las partes”, indicó.

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