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La jueza Primera Administrativo Oral del Circuito de Barrancabermeja, Blanca Judith Martínez, suspendió el primer piloto de fracking en el país, que se iba a ejecutar en Puerto Wilches Santander, porque no hubo consulta previa con las comunidades de la zona, como lo prevén las normas vigentes, informaron este jueves fuentes judiciales.

En su decisión, la togada aseguró que 'se dispone la suspensión de la licencia ambiental del proyecto PPII Kalé, otorgada mediante resolución' por 'la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla), y el trámite de licenciamiento ambiental' de la iniciativa hasta que 'se desarrolle el proceso de consulta previa con la Corporación Afrowilches en todas sus etapas'.

{"titulo":"La investigación del fracking 'dirá si hay siguiente etapa o no' en Colombia","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/la-investigacion-del-fracking-dira-si-hay-siguiente-etapa-o-no-en-colombia-901489"}

El mes pasado, la Anla publicó la resolución 00648 de 2022 que permitió conocer los detalles de la iniciativa Kalé, cuyo desarrollo estará en manos de la petrolera estatal Ecopetrol.

Por su parte, Ecopetrol ha defendido con anterioridad que el proyecto busca 'evaluar los potenciales impactos ambientales derivados de la ejecución', y que tiene contempladas 'medidas para prevenir, mitigar, corregir y compensar posibles impactos en los ecosistemas, la biodiversidad, los recursos hídricos, el suelo y el aire, entre otros aspectos'.

Ante la decisión de la jueza, la petrolera aseguró que respeta a las comunidades y actúa 'en el marco legal'.

'La empresa solicitó en los tiempos establecidos en la regulación ambiental y técnica la solicitud de procedencia de consulta previa y la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa (Dancp) certificó que no procede la consulta', detalló la compañía en un comunicado.

{"titulo":"‘'Fracking’: Ecopetrol pide permiso para arrancar pilotos","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/fracking-ecopetrol-pide-permiso-para-arrancar-pilotos-861563"}

Ecopetrol precisó que durante la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental 'no se identificó presencia o afectación a ninguna comunidad etnica' y que, 'en concordancia con el debido proceso adelantado, acudiremos a las instancias legales correspondientes para que se considere la posibilidad de continuar con el proceso'.

La Corporación Afrowilches fue la que presentó la acción de tutela que fue la que falló a su favor la jueza.