El Heraldo
Córdoba

Juez restringe el uso del celular en horario laboral

La medida fue concertada, según Miguel Burgos.

Con una inédita medida el juez Promiscuo de Familia del circuito de Sahagún, Miguel Burgos Iglesias, expidió una resolución en la que prohíbe el uso de celulares a los cuatro empleados de su despacho durante la jornada laboral.

La resolución fue firmada el viernes 16 de noviembre del 2018, pero se dio a conocer este lunes 19 de noviembre cuando varios usuarios del despacho fueron notificados de la decisión.

“Prohíbase el uso de telefonía móvil a los empleados de este juzgado dentro del horario laboral, permitiéndose su uso solo cuando sea estrictamente necesario para realizar las notificaciones dentro de las acciones constitucionales para el cumplimiento de las funciones de cada cargo”, indica textualmente en la resolución 0037 del 16 de noviembre de 2018, firmada por el mencionado juez.

En una breve charla con EL HERALDO, el juez Burgos Iglesias explicó que “la medida expedida trata de establecer un medio formal con relación a la solicitud e ingreso de peticiones por parte de los abogados y demás visitantes al Juzgado Promiscuo de Familia de Sahagún”.

El juez agregó que “precisamente esta es una medida que busca proteger a los funcionarios del despacho, a quienes en ocasiones hay abogados litigantes que les solicitan información vía celular y no quieren ir al despacho a realizar las diligencias como se exige formalmente. O realizan las peticiones vía celular por fuera del horario laboral”, aclaró el togado.

Una de las consideraciones señala que “de acuerdo a lo contemplado en el numeral 1° y 3° del artículo 154, de la ley 70 de 1996, los empleados de la rama judicial se les encuentra prohibido realizar actividades ajenas al ejercicio de sus funciones durante la jornada de trabajo, así como retrasar injustificadamente el despacho de los asuntos o prestaciones del servicio que estén obligados”.

En el documento, el togado hace referencia también al aprovechamiento del horario laboral para el cumplimiento de las exigencias típicas de la fusión de cada uno de los funcionarios. “Que el uso de dispositivos de telefonía móvil dentro del horario laboral es incompatible con las normas antes prescritas siempre y cuando no se estén usando para el cumplimiento de las funciones de cada cargo”, indica.

El juez Burgos Iglesias aseguró que no será necesario vigilar a sus empleados para el cumplimiento de la norma y no quiso referirse a las sanciones que recibirían quienes violen el fallo.

“Esta medida fue concertada con los cuatro funcionarios de mi despacho, quienes todo el tiempo han estado de acuerdo con la norma que busca defenderlos en cuanto al manejo de la información que entra y sale del despacho”.

“El celular solo se podría utilizar para las notificaciones dentro de los aspectos constitucionales para el cumplimiento de las funciones de cada cargo”, puntualiza la resolución del juez Burgos Iglesias.

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