En Colombia el primer paso para la modernización de las instituciones parte del entendimiento del Estado como un ente laico cuyas decisiones deben basarse en el respeto y garantía de los derechos humanos y libertades individuales, no en doctrinas culturales o religiosas cuya incidencia en la agenda nacional no puede derivar en el desconocimiento las reglas universales. El debate de la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia ha tenido múltiples visiones, dentro de las cuales, muchas son defendidas por la agenda de grupos religiosos o culturales que no responden a la garantía de los derechos de la mujer sino al entendimiento del mundo desde sus creencias. Todas estas convicciones ligadas a la religión se encuentran amparadas por la libertad de culto en Colombia y a nivel universal, no obstante, este respeto no supone que dicha visión deba extenderse al cuerpo de la mujer como objeto de regulación o totalitarismo.
La secularización de los derechos de la mujer implica tomar decisiones de tipo político, legal y social que deriven en garantías reales para el goce efectivo de sus derechos, siendo la vida y la libertad, inherentes a todo ser humano. La penalización del aborto en Colombia ha expuesto a las mujeres a acudir a todo tipo de escenarios clandestinos para acceder a una interrupción del embarazo, dejando a merced de la suerte la vida de un ser humano que no puede morir por una imposición legal que desconoce la realidad a la que se enfrentan diariamente las mujeres. A pesar que, de forma progresiva la interrupción voluntaria del embarazo ha encontrado un asidero jurídico en la sentencia C-355 de 2006, decisión en la cual se establecen tres causales de interrupción voluntaria del embarazo sin una correlativa sanción penal, falta un largo camino por recorrer para que en Colombia el aborto no se traduzca en la estigmatización, zozobra legal y riesgo físico de la mujer, sino en un panorama de política pública de salud que brinde garantías reales a la libertad y la vida.
La ponencia que ha sido presentada en medio del debate en la Corte Constitucional, acierta en el entendimiento de la situación, despenalizando el aborto, pero estableciendo un marco de tiempo en el cual podrá practicarse sin ser penalizado. Ojalá esta postura prospere y establezca mandatos para que el sistema de salud y los operadores no sigan generando toda serie de restricciones o dilaciones que desconocen la legalidad y la vigencia de los derechos de la mujer.
Merece la pena advertir que el aborto no se piensa como un método anticonceptivo, que efectivamente debe haber un plan de educación sexual sólido en el país, pero que no por esto se puede dejar a las mujeres a merced de un sistema que atenta contra sus libertades, vida e individualidad.
@tatidangond
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