
Ser contratista no paga (II)
La realidad y la modernidad exigen mayor flexibilidad sin desmejorar los derechos laborales. En un país de regiones donde la remuneración rural es 40% de la urbana, mayor flexibilidad en estas zonas se debe acompañar con mayor protección. En zonas rurales hay riesgo que un solo empleador pueda tener posición dominante sobre el mercado laboral. Nuevas maneras de hacer las cosas.
Es parte de las contradicciones colombianas, generar normas laborales de avanzada para no hacerlas efectivas. Qué gracia tienen conquistas sociales en contratos laborales, si las nóminas regionales estatales están congeladas desde 2000. Mejor sería un debate sincero, pero cumpliendo compromisos. Esporádicamente se logran ajustes nacionales, pero se necesita doblegar a Min Hacienda por presión presidencial o de las Altas Cortes. En el sector privado, entre tanto, prefieren mayor remuneración a cambio de mayor flexibilidad. En papel todo siempre está bien, en el momento de lograr trabajo decente, no estamos a la altura.
El Consejo de Estado en su sentencia de unificación de contratación de personal favorece la realidad funcional sobre los formalismos. Aunque la prestación de servicios es un instrumento para incorporar labores no misionales, la verdad es que eso no se cumple. Más de 3.5 millones de colombianos trabajan bajo esta modalidad. En el Estado, entre enero y julio, fueron más de 513 mil. Según la nueva jurisprudencia, estos deben ser estrictamente temporales, se establecen 30 días hábiles entre contratos y se definen las contribuciones del trabajador a salud y pensiones como parafiscales. Todo es razonable, las actuales normas no reflejan la realidad laboral.
Según el BID, Colombia es el segundo país más costoso para formalizar, 116% del costo laboral más 30 trámites. Filco en estudio de 2019 determinó que solo el 35,3% de los colombianos cuentan con un contrato escrito. Una intrínseca realidad de la actividad económica informal es que laboralmente es gris. De otro lado, los Millennials están exigiendo una nueva seguridad social con menos ataduras geográficas y empresariales. El Consejo de Estado al unificar la jurisprudencia, en esencia está enfatizando la necesidad de modernizar el Código Sustantivo del Trabajo.
La realidad y la modernidad exigen mayor flexibilidad sin desmejorar los derechos laborales. En un país de regiones donde la remuneración rural es 40% de la urbana, mayor flexibilidad en estas zonas se debe acompañar con mayor protección. En zonas rurales hay riesgo que un solo empleador pueda tener posición dominante sobre el mercado laboral. Nuevas maneras de hacer las cosas.
Si el empresario quiere mayor flexibilidad para contratar y despedir, esto debe significar una mayor remuneración. Si el trabajador quiere total movilidad geográfica y de horarios, se debe pensar en una nueva seguridad social. Leyes laborales donde un empleado trabaja toda la vida en una empresa bogotana, ya no aplican para el país. Respetando el menú de opciones existente, se deben crear nuevos tipos de contratos laborales. La inacción acaba con abusos tributarios en los contratos de prestación de servicios o el mal manejo de las cooperativas de trabajo asociado.
Por ahora, la sentencia unificadora, en conjunto con la Ley de Garantías, genera un reto no esperado.: la decisión de entidades gubernamentales de hacer terminaciones anticipadas, rotación entre proyectos del personal, y adición contratos cambiando de fuente, con tal de frenar el vínculo laboral. El gobierno no puede usar artimañas para constituirse en un violador del derecho laboral. Los candidatos deben dar una discusión honesta sobre las posibilidades del país, pero cumplirlo.
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