La construcción de viviendas y la reforma tributaria
Reforma plantea cobrar impuesto del 5% a la venta de vivienda.
A pesar de las dificultades que ha tenido que enfrentar la economía colombiana durante 2016, producto principalmente de la pérdida de la renta petrolera, el sector de la construcción, y en particular la de edificaciones, parece mantener el dinamismo que venía mostrando en términos generales desde 2011.
Según el DANE, en los 9 primeros meses de 2016, aunque el valor total de los créditos de vivienda a precios constantes disminuyó ligeramente con respecto al mismo período del año pasado, el número de viviendas financiadas se incrementó más del 10%. Gran parte de este dinamismo en los créditos hipotecarios está explicado por el comportamiento de la construcción de la vivienda de interés social (VIS), la cual se ha beneficiado de los subsidios a la demanda y los incentivos a los constructores para desarrollar este tipo de proyectos.
Sin embargo, dentro de la coyuntura económica actual, una de las amenazas más importantes que enfrenta la construcción de viviendas está en la reforma tributaria que se está discutiendo en estos momentos, la cual afectará a este sector básicamente por dos nuevas medidas que se contemplan.
Por un lado, la reforma plantea cobrar un impuesto del 5% a la venta de vivienda con valor superior a 800 millones de pesos. Esta propuesta no ha generado mayores críticas porque para el segmento de la población con mayores ingresos la demanda de vivienda es más inelástica, por lo que no se afectará mucho ante un incremento en el precio. Adicionalmente, esta medida parece ser acertada al ser progresiva, gravando a los que más ingresos tienen, lo que es una de las características deseadas de un sistema tributario.
La otra medida contemplada en el texto del proyecto de la reforma tributaria es la eliminación de la exención del impuesto de renta derivado de la venta de VIS. Esta medida es más polémica porque la eliminación de esta ayuda puede generar una seria afectación sobre los proyectos de VIS. Esto se debe a que, como legalmente las VIS no pueden superar los 93 millones de pesos, los constructores no pueden responder a la medida incrementando el precio de la vivienda. Por esta razón, la utilidad para este tipo de proyectos disminuye, especialmente en un contexto de alta inflación.
Ante este escenario, se podría esperar que constructores que tenían pensado desarrollar un proyecto de VIS, consideren otras alternativas donde la utilidad pueda ser mayor. Por lo tanto, aunque se mantengan los subsidios a la demanda, la eliminación de esta exención puede tener un efecto regresivo importante, porque cuando los hogares de bajos ingresos vayan a hacer uso de su subsidio y buscar vivienda, es muy posible que no las encuentren.
Aunque en el sistema tributario colombiano hay exenciones que deben eliminarse para hacerlo más simple y más justo, también es cierto que algunas de ellas se justifican en el impacto social que generan. Le corresponde entonces al Congreso adelantar un debate sobre cuáles han sido los beneficios de estas exenciones y sopesarlos con el impacto fiscal de mantenerlas o eliminarlas.
*Profesor del IEEC, Uninorte. Las opiniones expresadas aquí son responsabilidad exclusiva de los autores y no comprometen la posición de la Universidad ni de EL HERALDO.
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