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Colombia

Las dudas que deja la vacunación obligatoria para algunos empleados

La resolución del Ministerio de Trabajo sobre la obligatoriedad del carné de vacunación para trabajadores de algunos sectores deja varias dudas, una de ellas: ¿pueden despedir a alguien por no acceder a la vacuna?. 

Bastante revuelo y reacciones encontradas generó la resolución emitida por el Ministerio de Trabajo que indica que todos los empleados que tengan un contacto estrecho con el público en general deberán tener, de manera obligatoria, mínimo una dosis de la vacuna contra el coronavirus.

Así las cosas, con esta normativa el empleador está en la potestad de exigir el carnet de vacunación a sus trabajadores en ciertos sectores, tales como gastrobares, bares, restaurantes, parques de diversiones y otros.

Sin embargo, la resolución dejó más dudas que respuestas, incluso varias de ellas fueron elevadas este jueves por el gremio de Asobares, que a través de un comunicado respaldó la medida de vacunación obligatoria del Gobierno nacional, pero al mismo tiempo dejó planteadas algunas preguntas.

“¿Qué hacer frente a trabajadores contratados que aludan a sus derechos fundamentales para no vacunarse y que no sea posible su traslado a un cargo o función de no contacto con los clientes?”, se lee en el comunicado del gremio.

Y es que esa es una de las dudas más frecuentes: “¿me pueden despedir si no me vacuno?”. Como se sabe en Colombia todavía hay un gran sector de la población que desiste de la vacuna contra el coronavirus aduciendo a varias razones, algunas de ellas por aspectos religiosos, convicción o simplemente porque se categorizan como “antivacunas”, es decir que no confían en que esos biológicos sean la solución real para salir de la pandemia.

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Al respecto, y aunque la resolución no es explícita en este punto, el ministro de Trabajo Ángel Custodio Cabrera explicó en Blu Radio que el hecho de que se haya expuesto la obligatoriedad del carnet de vacunación para algunos trabajadores, esto no es motivo de una causal de despido justificado, ya que eso, argumenta, implicaría un cambio en el Código Sustantivo del Trabajo, algo que solo lo podría hacer el Congreso de la República.

No obstante, la normativa no dejó claridad en cuanto a cómo debe proceder un empleador en caso de que un trabajador, que tenga contacto con el público, no quiera vacunarse, puesto que esto, como señaló Cabrera, no es causal de despido.

El funcionario del Gobierno insistió en que se trata de una invitación a que haya igualdad de condiciones en el sentido de que en establecimientos comerciales donde se exige actualmente el carnet de vacunación para clientes, también haya una exigencia de vacunación a los empleados.

Otra duda también es cómo y a quiénes cobija la medida. En el documento se habla de trabajadores de bares, restaurantes, cines, parques y demás. Sin embargo, no se especifica textualmente cuáles son los establecimientos o sectores que deben exigir el documento.

El ministro de Trabajo insistió en que se trata de cualquier trabajador que tenga contacto estrecho con clientes. Por eso también aplicaría: empleados bancarios; estilistas; barberos; manicuristas; masajistas; vendedores de ropa, calzado y demás. Por ahora, el Gobierno nacional alista más pronunciamientos para ser claros en la resolución.

Por último, desde el gremio de Asobares también se dejó planteada la duda de “¿qué periodo tendrá el trabajador para presentar su carnet con esquema completo?”. Se sabe que, por ahora, el empleador deberá tener por lo menos una dosis de coronavirus. Es decir que la exigencia todavía no contempla un esquema completo.

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