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Colombia

Tribunal Administrativo tumba nombramiento del ministro de Defensa

Para el Tribunal de Cundinamarca el presidente “infringió el ordenamiento jurídico” al no tener en su gabinete seis mujeres.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el decreto presidencial firmado en febrero de 2021 con el que se designó a Diego Molano como ministro de Defensa, aludiendo que no se respetó la ley de cuotas de género, y ordenó un nuevo nombramiento que cumpla el 30 % de mujeres en ministerios.

La decisión se tomó luego de que el tribunal acogiera las pretensiones de un grupo de demandantes que alegaron que la composición del gabinete ministerial del actual Gobierno “no cumplía con el porcentaje mínimo de participación de mujeres en su integración”, al momento del nombramiento del funcionario. 

Molano fue designado como jefe de la cartera de seguridad luego de que a finales de enero de 2021 se registrara el fallecimiento del ministro Carlos Holmes Trujillo por covid-19.

“La medida incumplió de manera directa los artículos 1, 2 y 4 de la Ley de Cuotas y los artículos 13, 40, 43 y 93 de la Constitución Política al no garantizar con sus nombramientos que al menos un 30 % de los ministerios estuvieran dirigidos por mujeres, pues solo el 27,7 % de la composición del gabinete ministerial era ocupado por mujeres”, se puede leer en el fallo que está conformado por 26 páginas. 

Alegó el juzgado que al  momento cinco de los 18 ministerios eran liderados por mujeres, cuando la ley estipula que debía haber seis, es decir que estaban: Claudia Blum en Cancillería, Mabel Torres en Ciencia, Tecnología e Innovación, Karen Abudinen en TIC, María Victoria Angulo en Educación y Ángela María Orozco en Transporte, es decir, conformaban el 27,7 % del total.

En medio del proceso, según dejó por sentado el Tribunal, el apoderado judicial “se opuso a las pretensiones de la demanda”, indicando que “no existe causal de anulación del acto de nombramiento”.

“Indicó que al momento de presentarse la demanda, era cierto que en el gabinete ministerial solo había 5 mujeres, pero que con ese número la cuota mínima legal se cumple, y que a la fecha de la contestación de la demanda ya eran 6 las mujeres que ocupaban las distintas carteras”,  sostiene el fallo del tribunal. 

Cortesía.

Consideración

No obstante, el tribunal destacó que las pretensiones de la demanda “tienen vocación de prosperidad” porque ha quedado demostrado que el presidente de la República, al proferir el decreto “infringió el ordenamiento jurídico”, pues desconoció que su gabinete ministerial “no contaba” con la participación de al menos, el 30 % de mujeres, que como ya se dijo, se lograba con un mínimo de 6 mujeres ministras. 

El ministro de Defensa anunció, tras conocer la sentencia, que apelará el “fallo que en primera instancia declara nulidad” de su nombramiento y aseguró que de momento seguirá en su cargo “trabajando por la seguridad de los colombianos”.

La Ley de Cuotas, aprobada en el año 2000, dispone que el 30 % de los altos cargos públicos en el país, tanto a nivel nacional como a nivel departamental y municipal, tienen que ser ejercidos por mujeres, aunque es un porcentaje que raramente se cumple.

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