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Colombia

Senado aprueba reglamentación de la Justicia Especial de Paz

Tras siete aplazamientos por inasistencia, la reglamentación del sistema transicional pasó a último debate en el pleno de la Cámara. El procurador, antes, amenazó con pérdida de investidura a los ausentistas.

La plenaria del Senado, luego de siete aplazamientos por falta de quórum, tras la declaratoria de exequibilidad de la Corte Constitucional al acto legislativo que le dio vida al sistema de justicia transicional y posterior a las amenazas del procurador de pérdida de investidura a los ausentistas, decidió aprobar cerca de la medianoche de este miércoles el proyecto de ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz, JEP.

El senador ponente, Horacio Serpa, del Partido Liberal, explicó cómo se haría votación del proyecto en cinco bloques. Así, primero pasaron dos bloques de 79 y 35 artículos que no tenían proposiciones modificatorias y posteriormente un tercer bloque de 22 artículos que tenían observaciones.

En un cuarto bloque se aprobaron los puntos que generaban mayor polémica y que abordaban las garantías a los derechos de las víctimas y los requisitos para acceder al tratamiento especial. 

En este aparte, el ministro del Interior, Guillermo Rivera, explicó que "existirán sanciones de carácter alternativo, que contemplan reclusión entre 5 y 8 años, para quienes reconocen verdad y estén en la etapa de enjuiciamiento y las propias, que implican restricción de libertad, pero no reclusión".

También hacían parte de ese bloque el punto relacionado con la entrada en funcionamiento, la Jurisdicción Especial Indígena y conflictos de competencias entre jurisdicciones.

Del mismo modo, el pleno de la cámara alta aprobó los artículos que tenían que ver con la intervención de la Procuraduría General de la Nación en los procesos de la JEP y los artículos relacionados con competencia material y personal y fuero presidencial. 

Luego, pasó el artículo sobre el procedimiento de la tutela que queda en la Corte Constitucional y en el artículo de los requisitos para los magistrados de las salas.

Posteriormente, se dio el aval al artículo relacionado con la participación política, el de las causales de impedimentos de los magistrados y las disposiciones de la Corte Constitucional sobre los magistrados de la sala y magistrados del Tribunal de Paz.

Al respecto, el presidente del Senado, Efraín Cepeda Sarabia, del Partido Conservador, indicó en un a rueda de prensa ofrecida a las 6 de la tarde, que la iniciativa debía ser evacuada este miércoles en la cámara alta, para que continuara su discusión en la plenaria de la Cámara de Representantes, con el plazo máximo del próximo 30 de noviembre, cuando se vence el denominado 'fast track' o la vía rápida para proyectos de paz.

"Por supuesto que los tiempos son breves, pero necesitamos también el espacio para la conciliación. Soy optimista que la misma dinámica que ha cobrado en el Senado puede salir en Cámara. Muchos representantes actuaron en las bancadas de sus partidos y coinciden en sus opiniones", consideró Cepeda.

El debate, luego de siete aplazamientos por falta de quórum y ante las críticas del Centro Democrático, Cambio Radical y algunos parlamentarios del Partido Conservador, se agilizó tras la declaración de exequibilidad este martes de la Corte Constitucional frente al proyecto de acto legislativo que dio vida a la JEP, con algunos condicionamientos.

"Para destrabar la JEP, ayudó mucho el fallo de ayer (martes) de la Corte Constitucional, pues dio claridad sobre los artículos que se votan de manera nominal", agregó el legislador conservador.

Frente a este asunto, el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, destacó más temprano este miércoles la decisión de la Corte y le advirtió a los congresistas que el ausentismo que estaban ejerciendo en el debate del proyecto de ley estatutaria de reglamentación de la Justicia Especial para la Paz podría derivar en consecuencias disciplinarias como la pérdida de investidura.

"Al Congreso hay que instar, exhortar, a que se dé la discusión, que voten a favor o en contra pero que no sigan acudiendo a artilugios de esta naturaleza porque todo eso tiene consecuencia disciplinarias (...). El ausentismo está claramente sancionado por la Constitución y la Ley, y hay parlamentarios que han perdido la investidura por este", dijo en horas de la mañana.

Sobre el condicionamiento que estarían poniéndole algunos legisladores al Gobierno para sacar adelante a la JEP a cambio de favores burocráticos, el jefe del Ministerio Público sentenció: "esa es la realidad política, pero ojalá hubiera testimonios de eso para iniciar las investigaciones del caso".

Además, Carrillo Flórez resaltó las competencias que dejó el alto tribunal al ente de control disciplinario en su examen de constitucionalidad al acto legislativo.

"La Procuraduría en su intervención judicial es plena, no hay ninguna limitación, y es una excelente noticia para las víctimas", señaló.

Por su parte, la vicefiscal general de la Nación, María Paulina Riveros, se felicitó este miércoles también en la mañana por la decisión de la Corte y ratificó que los terceros que no decidan someterse voluntariamente al sistema de justicia transicional, toda vez que haya méritos, seguirán siendo investigados por el ente acusador.

"El deber de investigar, juzgar y sancionar no solamente es irrenunciable sino que a nuestro juicio no puede ser objeto de ninguna clase de suspensión, es una obligación internacional del Estado colombiano. De esta manera, los terceros que resuelvan no acudir a la Jurisdicción Especial para la Paz continuarán siendo investigados desde la justicia ordinaria, en particular desde la Fiscalía General de la Nación", dijo la alta funcionaria del ente de investigación en rueda de prensa desde el búnker.

Destacó además Riveros el hecho de que el alto tribunal defensor de la Carta Política haya dejado en firme la obligación de que la justicia ordinaria asuma todos aquellos casos en que haya incumplimiento de sometidos al sistema de justicia transicional pactado en La Habana.

"Celebramos la sentencia de la Corte Constitucional, entendemos que es un paso muy importante para la consolidación de la paz en Colombia y por supuesto resaltamos de la sentencia el hecho de que también reivindique la justicia ordinaria frente a aquellos casos en los que haya incumplimiento por parte de las personas con compromisos adquiridos en el seno de la Jurisdicción Especial", manifestó la vicefiscal.

La Corte dio a conocer en altas horas de la noche del martes la declaración de constitucionalidad del acto legislativo que crea es sistema de justicia para las Farc tras el proceso de paz, en el que advirtió que los excombatientes deben acudir a la JEP antes de hacer política, que la jurisdicción estudiará no obstante cada caso para saber si es compatible con la posibilidad del ejercicio de los cargos públicos, que la comparecencia de los terceros será voluntaria y que no deberán ir a la Justicia Especial los presidentes, expresidentes y aforados constitucionales en general, entre otros asuntos.

Aspectos aprobados

Entre los aspectos aprobados este miércoles por la plenaria del Senado está la reglamentación de la participación política de la Farc (en donde se tuvo como guía lo establecido por el fallo de la Corte Constitucional), así como el visto bueno a un régimen de inhabilidades para los magistrados de la nueva jurisdicción transicional.

Respecto al primer punto quedó establecido que los exguerrilleros tendrán que presentarse ante el Tribunal de Paz y manifestar su verdadero  compromiso de reparar a las víctimas para poder posesionarse en el Congreso.

Además, y siguiendo con el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, quedó aprobada la posibilidad de que la JEP, a través de sus decisiones, defina la compatibilidad de la sanción con la ocupación del cargo público.

De esa forma, podría llegar a darse el caso de que dependiendo de la gravedad del delito, alguno de los magistrados de la justicia especial decida que el cumplimiento de la sanción impuesta no es compatible con el ejercicio del cargo público y, por ende, el sancionado tenga que retirarse del mismo.

Régimen de inhabilidades

La plenaria de la Cámara alta también aprobó un paquete importante de inhabilidades para la magistratura de la nueva jurisdicción que, cabe recordar, ya fue seleccionada por el Comité de Escogencia. Así las cosas, si alguno de los magistrados ya seleccionados llegase a tener alguna de las inhabilidades aprobadas, no podría acceder al cargo. 

La intención de sacar esa proposición adelante, que además se concretó por la alianza que se cocinó entre Cambio Radical, el Partido Conservador, el Centro Democrático y La U, fue lograr mayor “equilibrio” y “neutralidad” en los magistrados de la JEP.

No es secreto los reiterados pronunciamientos que estos sectores han manifestado sobre, según ellos, la falta de imparcialidad de quienes integrarán la magistratura de la nueva justicia.

Por ello, entre las inhabilidades se encuentra, por ejemplo, el hecho de haber ejercido representación judicial en procesos que tuvieran vinculación con el conflicto armado en los últimos cinco años.

Todas las medidas aprobadas en el Senado tendrán ahora que pasar a la Cámara de Representantes, donde se surtirá el último debate de la JEP, y posteriormente la Corte Constitucional dará su visto de exequibilidad a  lo aprobado por el Legislativo.

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