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Colprensa
Colombia

Policía ni desmiente ni confirma que se exige “cuota de capturas” a sus uniformados

Un comunicado de la institución señala que se conformó un equipo interdisciplinario para atender los casos donde los uniformados presentan situaciones que puedan perjudicar su calidad de vida. 

La Policía Nacional les salió al paso a las versiones de algunos uniformados que afirman haber sido presionados para cumplir una “cuota de capturas” para alcanzar determinadas prebendas laborales.

Luego de recordar muchos de los valores de la Institución, se afirma que se conformó un equipo interdisciplinario para atender los casos donde los uniformados presentan situaciones que puedan perjudicar su calidad de vida, tanto personal como laboral, además  de habilitar una línea de apoyo emocional a nivel nacional.

Llama la atención el que en ningún segmento de la comunicación se desestime de manera clara y tajante la referida cuota de capturas a las que hacen referencia algunos agentes.  Lo que sí se precisa, es que en caso de que algún comandante esté actuando con desconocimiento del marco institucional “se adelantarán las respectivas investigaciones, y de existir responsabilidad, se aplicarán las medidas correspondientes de acuerdo al marco legal”.

Este es el comunicado

La Policía Nacional de todos los colombianos se permite informar a la opinión pública:

1.   Frente a las denuncias presentadas por algunos uniformados respecto de presiones laborales y exigencias es importante recordar que la Institución tiene un régimen especial de carrera, dentro del cual se contempla una disponibilidad permanente, de acuerdo a las circunstancias que permitan el ejercicio de derechos y libertades individuales, los cuales debemos garantizar por mandato constitucional.

2.   Igualmente, se precisa que dentro de los lineamientos institucionales se contempla una policía más humana, más disciplinada, más efectiva, más innovadora y más efectiva en su gestión, marco estratégico en el cual se cumple el servicio de policía.

3.   Con fundamento en lo anterior, el servicio de policía tiene como fin especial colmar las expectativas de la comunidad frente a esos derechos y garantías enunciados, aspecto que, de acuerdo al entorno que se presente en cuanto a la turbación de esta garantía, la Policía tiene que generar mayores esfuerzos para el cumplimiento de este mandato constitucional.

4.   Dentro de las políticas institucionales se ha impartido, de forma permanente, instrucciones a los comandantes de las unidades de policía para que ejerzan el mando y supervisión del personal escuchando sus inquietudes y sugerencias, tanto laborales como personales, liderando y haciendo un acompañamiento a las necesidades que puedan tener los uniformados.

5.   Además, dentro del referente constitucional y estratégico enunciado, la Policía Nacional ha dispuesto de mecanismos que permiten generar un servicio efectivo y el desarrollo de los lineamientos enunciados para lo cual se tienen dispuestos canales de comunicación internos y externos, donde se brindan las herramientas para que el uniformado pueda expresar sus inquietudes en cuanto a bienestar laboral, que contribuya a la calidad de vida personal y familiar.

6.   Para articular estas acciones, la Policía cuenta con una clara política de Gestión Humana, un Modelo de Gestión del Talento Humano y Cultura institucional, orientada a ofrecer calidad de vida en los ámbitos personal, laboral y familiar, así como alcanzar efectividad en el servicio, contando con profesionales de policía competentes, confiables y comprometidos.

7.   La Institución ha conformado un equipo interdisciplinario que atiende los casos donde los uniformados presentan situaciones que puedan perjudicar su calidad de vida, tanto personal como laboral, y tiene habilitada una línea de apoyo emocional a nivel nacional.

8.   Conocido este marco integral institucional, de saber que algún comandante actúa con desconocimiento del mismo, se procederá a adelantar las respectivas investigaciones, y de existir responsabilidad, se aplicarán las medidas correspondientes de acuerdo al marco legal”. 

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