El Heraldo
Colombia

Notarías vuelven a realizar identificación biométrica

Para trámites como lo son escrituras públicas, autorización para salida de menores del país, otorgamiento de poderes y cesión de derechos.

Por medio de la Resolución 4243, la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) informó que  habilitó la imposición y cotejo de huella dactilar exclusivamente para los casos contemplados por la ley.

Es decir, para trámites como lo son escrituras públicas, autorización para salida de menores del país, otorgamiento de poderes, cesión de derechos.

La superintendencia precisó que este procedimiento se deberá realizar previo al cumplimiento de medidas de bioseguridad como, por ejemplo, exigir lavado de manos con agua y con jabón al usuario al que se le realizará la identificación biométrica; desinfección con alcohol del captor de huella; posterior a la limpieza el funcionario que efectuó el de la notaría que atendió la situación deberá lavarse las manos.

En el mismo acto administrativo, la entidad extendió hasta el 01 de julio la prestación del servicio notarial en jornadas de cinco horas, como se ha estado haciendo desde el 27 de abril. El horario sigue siendo el mismo: 8:00 a.m. a 1:00 p.m. para aquellas que se encuentren en clima cálido y templado y 10:00 a.m. a 3:00 p.m. para las ubicadas en clima frío.

De igual forma, se seguirá prestando el servicio los días sábados, para este caso las notarías continúan con el cronograma de turnos que se fijó a inicio de año en la Resolución 617 de 2020. Aquellas notarías únicas a las que no se les asignó un turno por medio de la Resolución 617 de 2020, dado que laboran en días y horarios especiales como sábado y/o domingo, podrán seguir prestando el servicio en los días que regularmente lo hacían antes del aislamiento preventivo obligatorio, manteniendo una jornada única de cinco horas.

“Para las regiones en las que alcaldes o gobernadores decreten toque de queda, el servicio público notarial se entenderá como suspendido. Servicio a domicilio La Supernotariado le permite a estos despachos la prestación del servicio a domicilio, en especial a personas en situación de vulnerabilidad y sujetos de especial protección constitucional. No obstante, se mantiene la suspensión del mismo en clínicas, hospitales y en establecimientos penitenciarios y carcelarios”, precisó la entidad.

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