Colombia

Los puntos clave de la nueva normativa para uso de cascos

La norma está vigente desde este sábado en todo el país. La multa es de 460 mil pesos y la motocicleta sería inmovilizada.

Tras la nueva resolución del Ministerio de Transporte con la que se actualizó la lista de condiciones mínimas de seguridad para conductores y pasajeros de motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos, los usuarios de este tipo de vehículos deberán apegarse a la norma que comenzará a regir a partir de este sábado 23 de enero.

Según la resolución 23385, los colombianos que utilicen este tipo de vehículos deben, obligatoriamente, hacer uso del casco de seguridad cuando se movilicen en estos vehículos, sin excepción alguna y haciéndolo de manera correcta. Es decir, se prohíbe el uso del casco arriba de la cabeza y con la cara descubierta, desabrochado o con correas de seguridad partidas y en mal estado, pues todo esto disminuye la efectividad de la protección que pueda brindar el casco en caso de un siniestro vial.

De igual forma, el documento señala que los motociclistas que tengan cascos con cubierta facial movible, es decir, la parte de adelante, deberán tenerla siempre cerrada y asegurada para que haya protección de la cara del conductor o parrillero.

El subdirector operativo del Instituto de Tránsito del Atlántico, Javier Visbal, aseguró que la entrada en vigencia de la resolución que agrupa estas normas no significa que los motociclistas del Atlántico deberán cambiar de casco obligatoriamente; sin embargo, sí se les recomienda hacer el cambio cuando los cascos hayan recibido golpes considerables, se encuentren en mal estado o el sistema presente daños y averías que no permitan usarlo de manera adecuada.

“El objetivo, tanto de la resolución del Ministerio de Transporte como del llamado que hacemos a la comunidad, es que podamos resguardar la vida de todos los usuarios de moto, garantizando el buen funcionamiento de un elemento tan fundamental como lo es el casco de seguridad, el cual puede evitar o mitigar la gravedad de las lesiones craneoencefálicas, que son frecuentes en los accidentes de motocicletas que se registran en las vías del departamento”, destacó el funcionario.

De acuerdo con Mintransporte, tampoco estará permitido el uso de celular o sistemas celulares que se interpongan entre la cabeza y el casco, con la excepción de que se utilicen complementos que permitan tener las manos libres. El incumplimiento de estas normas acarreará multas y otro tipo de acciones en contra del infractor.

La Secretaría distrital de Tránsito y Seguridad Vial, en coordinación con la Policía de Tránsito, continuará en las labores para orientar a los conductores de motos en Barranquilla e impulsar las buenas prácticas en las vías.

 “Buscaremos generar conciencia sobre la importancia de utilizar todos los elementos de protección que se requieren. Nuestro fin es salvar vidas y reducir los índices de accidentalidad, por eso hacemos un llamado para respetar las nuevas medidas, las señales de tránsito y los límites de velocidad”, puntualizó Angélica Rodríguez, Secretaria de Tránsito y Seguridad Vial del Distrito de Barranquilla.

Historial de accidentalidad vial en motos

El más reciente informe preliminar del Observatorio Nacional de Seguridad Vial recalcó que, entre enero y diciembre de 2020, fallecieron en Colombia 5.458 ciudadanos en accidentes de tránsito.

Los usuarios de motocicleta son quienes mayor participación tuvieron, con un total de 2.908 registros, que representan el 53,28% del total. Los siguen los peatones, con el 20,67% de los casos, y usuarios de vehículo, con el 11,43%.

El 33,2% de los casos de muerte de los usuarios de motos fueron causados por trauma craneoencefálico. Los motociclistas pasaron de representar el 24% de las fatalidades en el tránsito durante 2004, a cerca del 54% en 2019. El incremento en la participación de los usuarios de motocicleta en las fatalidades respecto a los otros actores viales evidencia el aumento que ha tenido la utilización de este medio de transporte durante los últimos 15 años.

Por todo esto, el Ministerio de Transporte recomienda acatar todas las leyes y normas que se crean para evitar que las cifras de accidentalidad y muertes en motocicletas sigan en aumento.

Con la expedición de esta resolución, el país, además de contar con un Reglamento Técnico para la fabricación, importación y comercialización de cascos, contenido en la Resolución 1080 de 2019 y dirigido hacia los fabricantes, importadores y comercializadores, ahora cuenta con condiciones mínimas que los motociclistas deben tener en cuenta al momento de circular en las vías.

Medidas estipuladas

Con el objetivo de evitar sanciones y accidentes en la vía, la nueva medida señala que:

  1. Los cascos del motociclista y su acompañante deben estar bien puestos, abrochados y no deben tener partiduras ni correas rotas.
  2. Los dispositivos móviles no deben ser portados dentro del casco. Esto aplica tanto para el conductor, como para el parrillero. Excepto si son utilizados con accesorios.
  3. Las personas que porten casco ‘abatible’ o con cubierta facial movible, deberán tenerlo siempre abajo y totalmente cerrado.
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