El Heraldo
Colombia

Corte explica a niño de forma pedagógica fallo para proteger sus derechos

La sentencia busca que el menor reciba el dinero de la pensión de la mamá. El objetivo del alto tribunal es que el niño entienda la decisión.

En un fallo de la Corte Constitucional, en donde  se busca la protección de los derechos de un niño, luego de que su representante legal interpusiera una tutela en contra de una aseguradora que no aceptaba cambiar la cuenta bancaria a la que le depositaban el dinero al menor de la pensión de su mamá, quien había fallecido, se puede evidenciar la forma pedagógica en la que los magistrados dictaron sentencia.

En una ponencia realizada por el magistrado José Fernando Reyes, se buscó proteger los derechos del niño y se obligó a la aseguradora a que en 24 horas, después que se les notificara, permitiera al representante legal del menor modificar la cuenta bancaria para que reciba la mesada pensional de su madre.

Los magistrados del alto tribunal explicaron al niño de la manera más sencilla posible en el documento la decisión que salió a su favor y la función que tiene la Corte Constitucional para impartir justicia en el país.

En uno de los apartes, le hicieron conocer al menor de edad que ellos sabían la situación que vive con sus abuelos y papá en la ciudad de Pereira.

"Sabemos que vives con tu abuelita y tu abuelito, a quienes quieres mucho. Sabemos también de las situaciones que viviste con tu papá y que probablemente eso te hizo sentir incómodo, triste y molesto"

Así mismo, le explicaron que su mamá le había dejado el dinero de su pensión para que pudiera estudiar, comer, jugar y divertirse. Sin embargo, él no la recibía por ser menor de edad. Es por eso, que su padre era quien administraba la mesada. Sin embargo, la malgastaba y no le entregaba nada al niño.

 "Después tuvimos conocimiento de que, aunque tu mamá no está contigo, ella te dejó un dinero para que puedas estudiar, comer, jugar y divertirte. También nos enteramos de que no estabas recibiendo ese dinero. Por eso, los jueces tomamos algunas decisiones para proteger tus derechos"

Cabe señalar que la aseguradora no permitía hacer el cambio de cuenta bancaría a pesar de que sabían las condiciones socioeconómicas en las que vivía el menor de edad y le pedía al representante legal una copia de la sentencia de un juzgado de familia que certificara lo que requerían.

En la sentencia, se lee que los magistrados le dicen al niño que tiene derecho a recibir el dinero hasta que cumpla los 18 años y que será administrado por su abuela, quien es su representante legal.

"Uno de los muchos derechos con los que cuentas es recibir y disfrutar el dinero que te dejó tu mamá. Por eso, tu abuela recibirá cada mes en su cuenta del banco tu dinero y te ayudará a administrarlo hasta que cumplas 18 años", le dicen los magistrados en el fallo.

Además, le recuerdan que un juez de la república estará al tanto del caso y decidirá si puede volver a ver a su padre y que por el momento, seguirá viviendo con sus abuelos

"está bien que vivas con las personas que te cuidan en este momento. Otro juez estará muy pendiente de decidir si puedes volver a ver a tu papá. Ese juez, a quien podrás conocer cuando quieras, estará preocupado por ti y tratará de hacer todo para que estés mucho mejor", se lee en la sentencia.

Por último, le dicen que no tiene la obligación de ver a su papá, que solo lo puede hacer cuando él quisiera.

"No te preocupes, nadie te obligará a ver a tu papá. Solo si tú lo deseas. Y puedes estar tranquilo porque, en cualquier momento, podrás decirle al juez, a tus abuelos o a la comisaria lo que quieres y lo que no quieres”.

La Corte Constitucional también le pidió a la Comisaría de Familia de la ciudad de Pereira que siga el proceso para que se declare la pérdida de la potestad parental del papá sobre el menor de edad y que el hombre pague la cuota alimentaria que le corresponde por ley como progenitor.

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