El Heraldo
Miembros de la población LGBTI en protesta en 2014. Archivo Colprensa
Colombia

“Jueces no pueden discriminar a parejas del mismo sexo”: Corte

Recordó que pueden contraer matrimonio sin impedimentos. Hombre amenazó a su exesposa por tener una mujer como pareja.

La Corte Constitucional hizo un llamado a los jueces del país para que eviten tomar decisiones que discriminen o afecten a parejas homosexuales, al recordar que pueden contraer matrimonio sin que se les imponga obstáculo alguno. Así lo indicó al fallar una tutela a favor de una mujer a quién su exesposo la amenazó con prohibirle ver a su hijo si establecía una relación con otra mujer, al punto que firmó un acuerdo conciliatorio en donde se comprometía a no vivir con la nueva pareja para poder ver a la hija. La Corte cuestionó severamente al juez que aprobó dicho acuerdo, porque limitaba y afectaba el derecho de las dos mujeres a conformar una nueva familia. 

“El juez vulneró sus derechos fundamentales a la intimidad, igualdad, libre desarrollo de la personalidad y a la no discriminación, con la aprobación de una cláusula que prohíbe su convivencia como pareja”, dijo la Corte. 

La Sala recordó que hace mucho tiempo se estableció que las uniones conformadas por dos personas del mismo sexo también son familia y que no pueden ser discriminadas de esta manera. 

“No era admisible imponer limitaciones que restringieron injustificadamente su vida afectiva y denotaron un acto de discriminación por su orientación sexual, dado que ninguna razón se evidencia en el plenario para impedirle relacionarse con su compañera”, dijo la Corte.

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