El Heraldo
José Luis Barceló, presidente de la Corte Suprema de Justicia. Corte Suprema
Colombia

JEP es el juez natural de Santrich: Corte Suprema

El trámite de extradición de alias Jesús Santrich, investigado por narcotráfico, debe iniciarse por la JEP teniendo en cuenta su estatus por ser desmovilizado de las Farc y por haberse sometido a la Justicia Especial para la Paz, expuso el presidente del alto tribunal.

En criterio del magistrado José Luis Barceló, presidente de la Corte Suprema de Justicia, alias Jesús Santrih, líder guerrillero capturado el lunes en su casa de Bogotá por narcotráfico, debe ser investigado por la Justicia Especial para la Paz.

Durante una rueda de prensa en Bogotá, Barceló explicó que lo anterior, teniendo en cuenta la condición de exguerrillero de las Farc–EP sometido a la Justicia Especial para la Paz (JEP). “El trámite de la solicitud de extradición del desmovilizado Seuxis Paucis Hernández Solarte, alias “Jesús Santrich”, debe iniciarse en la JEP”, aseguró.

Así lo dejó en claro la Corte Suprema de Justicia, al precisar que es esa jurisdicción la competente para evaluar en principio la temporalidad de las acciones delictivas que le atribuyen las autoridades judiciales de los Estados Unidos.

“Por razón de su estatus cuenta con un juez natural: la Justicia Especial para la Paz. Por consiguiente, el trámite de la extradición debe surtirse a partir de esa jurisdicción. Después de agotadas las diligencias que les competen a la Cancillería y al Ministerio de Justicia, el asunto debe ser remitido a la JEP, para que, dentro de las evaluaciones pertinentes, se estudie si los hechos que se le imputan al señor ‘Jesús Santrich’ sucedieron antes o después del 1º de diciembre de 2016, fecha en la cual entró en vigor el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera”, afirmó Barceló Camacho.

Si dentro de los análisis previos que haga la Justicia Especial para la Paz la conclusión es que los hechos ocurrieron después de esa fecha, la competencia para emitir el concepto de extradición la tendrá la jurisdicción ordinaria, en cabeza de la Corte Suprema de Justicia. De lo contrario, explicó el magistrado Barceló, será la JEP la que se encarga del trámite total del caso.

“Si los hechos atribuidos a Hernández Solarte sucedieron después del 1º de diciembre de 2016, estaríamos frente a delitos comunes y la competencia recae en la Corte Suprema de Justicia, para darle trámite a la solicitud de extracción dentro de los parámetros que establece el Código de Procedimiento Penal”, puntualizó el magistrado.

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