
Gobierno fortalece Escuelas Normales Superiores y reglamenta su organización
Serán más orientados a la promoción del desarrollo humano y podrán suscribir convenios para la realización de proyectos de investigación.
Fortalecer a las Escuelas Normales Superiores (ENS), instituciones educativas líderes en la formación de los educadores en todo el territorio, es prioridad. Por esta razón el Gobierno expidió el Decreto 1236 del 14 de septiembre de 2020.
Esta norma contribuye a fortalecer las Normales y así aportar a la formación de futuros docentes a través de procesos educativos que atiendan los requerimientos sociales, culturales y poblaciones de las distintas regiones del país, de sus instituciones y de sus docentes.
Asimismo, para consolidar los procesos de formación inicial de docentes que desarrollan las Escuelas Normales Superiores, el Ministerio de Educación Nacional ha definido estrategias de acompañamiento a estas instituciones con el fin de fortalecer sus ejes misionales de investigación, extensión, formación y evaluación, de acuerdo con los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad, reafirmando el compromiso con el logro de más y mejor Educación Rural para los colombianos.
El Decreto establece además los mecanismos y rutas para que los educadores normalistas vinculados al sector oficial se profesionalicen cursando licenciaturas con financiación del 100% de su valor. De igual manera, le apunta a desarrollar un proyecto normativo para reglamentar la organización y funcionamiento de las ENS.
Con la expedición del decreto se reglamenta la organización y el funcionamiento y se beneficia a las 137 normales y traza un camino orientado a fortalecerlas para que continúen aportando a la educación de las regiones y del país en general.
Algunos de los aportes de esta normatividad se centran en:
- Promover la formación integral en los niveles educativos y el desarrollo de la infancia como centro de la formación.
- La identificación de los objetivos de sus diseños curriculares.
- La definición de los campos de práctica de los estudiantes del programa de formación complementaria.
- El aporte a la formación de docentes para la Educación Inicial.
- La posibilidad de suscribir convenios con Instituciones de Educación Superior (IES) para ejecutar proyectos de investigación conjuntos, reconocer saberes, organizar las prácticas de los normalistas superiores y darle continuidad a su formación en un Programa de Licenciatura. A su vez, las ENS podrán recibir estudiantes de Licenciatura de las Instituciones de Educación Superior para que hagan sus prácticas profesionales.
- La función asesora de las ENS a las Secretarías de Educación, en temas relacionados con la formación de docentes y desarrollos científicos, pedagógicos y culturales.
- El reconocimiento de establecimientos educativos como nuevas Escuelas Normales Superiores. Las instituciones interesadas en ser ENS deben cumplir con los requisitos que se establecen en el Decreto.
- La asignación de la planta docente, para Educación Media y el Programa de Formación Complementaria es de un parámetro de 1,7 docentes por grupo y de un Coordinador adicional para la práctica pedagógica y la investigación.