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“Gobernación de Córdoba es víctima de Lyons y puede oponerse a su principio de oportunidad”

Así lo estableció la Corte Suprema al ordenar al Tribunal de Bogotá aceptar al Departamento como víctima y tumbar el principio de oportunidad del exgobernador señalado de desfalcos por $8.950 millones, de los cuales solo iba a devolver la mitad.

La Sala de Decisión de Tutelas número 2 que hace parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, con ponencia del magistrado Fernando Castro, declaró como víctima a la Gobernación de Córdoba en el caso de los aparentes desfalcos que sufrió a manos del exgobernador Alejandro Lyons.

Además, la Corte ordenó al Tribunal Superior de Bogotá retroceder el proceso a la instancia en la que el tribunal capitalino le negó la condición de víctima al Departamento, con lo cual tumbó el principio de oportunidad que favorecía al exmandatario, a lo que se opuso el apoderado del despacho departamental.

En el fallo, fechado el pasado 5 de diciembre, el máximo tribunal de la justicia ordinaria encuentra fundamentada la tutela interpuesta por la Gobernación y agrega que le fueron vulnerados al Departamento los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia, al negársele a la administración cordobesa ser víctima en el proceso por la corruptela de Lyons durante 2012 a 2015 y, además, por no permitírsele oponerse al principio de oportunidad que se le otorgó al exgobernador y por el que, entre otras cosas, debía pagar menos de la mitad de los $8.950 millones de que se habría apropiado.

“Las regalías eran de la Nación”. El recurso de amparo fue interpuesto el 17 de noviembre pasado, por parte de José González, apoderado de la Gobernación de Córdoba, en contra del Tribunal Superior de Bogotá.

El tribunal capitalino, en cabeza del magistrado Luis Enrique Bustos, el pasado 10 de octubre, había aprobado el principio de oportunidad de Lyons, por solicitud del fiscal 3 delegado ante la Corte Suprema, Jaime Camacho.

El abogado de la Gobernación solicitó en la acción constitucional que se reconociera al departamento de Córdoba como víctima en el proceso pero el Tribunal lo negó porque “las regalías fueron producto de las transferencias de los recursos de la Nación (…), no se advierte ninguna afrenta al departamento de Córdoba que le permitiese a la presidencia de esta audiencia concluir que han sufrido un daño así fuese mínimo”.

En cambio, sí se reconoció a la Contraloría, representada por Carlos Suárez, como víctima en el proceso.

El apoderado del Departamento se opuso a lo declarado por el magistrado y argumentó que las regalías, una vez asignadas al departamento, pasan a ser parte de los estados financieros.

“Demasiadas concesiones”

En otro aparte, el abogado de la Gobernación, al referirse al principio de oportunidad de Lyons, advierte que “la aprobación de un principio de oportunidad con demasiadas concesiones en favor del procesado y desestimando el derecho del departamento como víctima, resulta contrario a la legalidad”.

Por ello, pidió dejar sin efecto la aprobación del principio de oportunidad y que el departamengto fuera reconocido como víctima y, finalmente, declarar que el Tribunal de Bogotá incurrió en una vía de hecho por no reconocer a Córdoba como víctima.

En respuesta, tanto el Tribunal como la Fiscalía contestaron que el Departamento no demostró cuál fue el daño que se le causó, que hay un conflicto de intereses ya que contra el actual gobernador, Edwin Besaile, declarará Lyons  y que la representación de las víctimas ya estaba siendo ejercida por la Contraloría.

“No hay conflicto de intereses”

Al decidir, la Corte señalo que el Tribunal, al no admitir al Departamento como víctima, desconoció que una vez dichos dineros son girados al ente territorial se reflejan en los estados financieros y con base en ello se aprueban proyectos a ser financiados con recursos del Fondo de Ciencia y Tecnología del Sistema General de Regalías.

Y frente al supuesto conflicto de intereses que existiría en el hecho de que el exgobernador Lyons declare contra el gobernador Besaile, para el alto tribunal ello no impide que la Gobernación solicite el resarcimiento del daño sufrido, además porque “el apoderado de la Gobernación concurre en representación del ente territorial, mas no de la persona natural que en la actualidad regenta el cargo de gobernador”.

 

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