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Colombia

Mujeres trans se deben pensionar a la misma edad de 57 años: Corte

El alto tribunal advirtió que las diferencias de trato legales entre mujeres trans y cisgénero se presumen discriminatorias.

La Corte Constitucional estableció en un fallo de tutela que las mujeres trans deben pensionarse a la misma edad de 57 años en que se pensionan de vejez las mujeres cisgénero, es decir las que se identifican con el género asignado al nacer.

Con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera se decidió el caso de Helena Herrán Vargas, mujer transgénero, quien interpuso acción de tutela en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), por considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la vida, a la salud, a la seguridad social, a la igualdad, a la dignidad humana y a la confianza legítima.

"La accionante alegó que la administradora la había discriminado en razón de su identidad de género trans, pues había concluido que no era una mujer para efectos pensionales. En concreto, señaló que, en respuesta a su solicitud pensional, la accionada había concluido que esta no tenía derecho al reconocimiento y pago de la pensión de vejez pues tenía 59 años y, por lo tanto, no había cumplido con la edad exigible a los 'hombres' (62) para acceder a dicha prestación social", describió el alto tribunal en un comunicado.

Por ello, la Corte advirtió que "las diferencias de trato legales o administrativas entre mujeres trans y mujeres cisgénero se presumen discriminatorias y, por lo tanto, deben ser sometidas a un riguroso y estricto control constitucional".

No obstante, alertó sobre que era posible que hombres inescrupulosos decidieran de forma fraudulenta modificar el marcador de sexo en los documentos de identidad con el objeto exclusivo de acceder de forma anticipada a derechos pensionales, por lo cual los fondos de pensiones tenían el deber de prevenir y sancionar estas conductas.

Y concluyó el tribunal guardián de la Carta Magna que "las mujeres trans, que logran sobreponerse a la violencia y discriminación sistémica, estructural e interseccional derivada de las arraigadas normas de  género binarias y cisnormativas, son motivo de orgullo para toda la sociedad. Estas mujeres merecen, como pocas, que el Estado les reconozca la pensión de vejez como retribución por el esfuerzo y trabajo llevado a cabo durante toda su vida".

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