Celeridad en estudios de riesgo de líderes sociales pide Corte a UNP
Al alto tribunal llegó una tutela de un defensor de derechos humanos que trabajaba en un municipio en el que se estableció una de las 19 zonas veredales creadas para albergar a los excombatientes de las Farc que se acogieron al proceso de paz.
“Que actúe de manera proactiva, sin dilaciones injustificadas que pongan en riesgo la vida, la integridad física, la libertad y la seguridad personal de las y los solicitantes”, señala un fallo de la Corte Constitucional que le hizo un llamado a la Unidad Nacional de Protección para que acelere los trámites para dar respuesta rápida a las peticiones de medidas de seguridad que hagan los defensores de derechos del país.
Al alto tribunal llegó una tutela de un defensor de derechos humanos que trabajaba en un municipio en el que se estableció una de las 19 zonas veredales creadas para albergar a los excombatientes de las Farc que se acogieron al proceso de paz.
El tutelante señaló que existía un riesgo a causa de su trabajo y que había pedido medidas de protección el 17 de marzo de 2017, y dos meses después “todavía no se le había practicado el estudio del nivel de riesgo” para determinar qué tipo de seguridad se le podía brindar.
El defensor de derechos humanos pedía que se le protegieran sus derechos a la vida, la integridad física, la libertad, la igualdad y la seguridad personal, que insistió el 23 de abril para que se realizara el estudio de riesgo, y le respondieron que el caso estaba activo y que le notificarían de una respuesta cuando terminaran el proceso.
El juzgado de Valledupar al que llegó el caso le dio la razón al demandante y ordenó a la UNP adoptar una decisión de fondo sobre el nivel de riesgo del accionante en un plazo no mayor de 15 días. Esa decisión fue ratificada por el Tribunal Administrativo del Cesar y el caso llegó a revisión de la Corte Constitucional que dio su fallo a favor del defensor.