El Heraldo
Johnny Hoyos
Colombia

Aplazada decisión sobre aborto en la Corte

El impedimento de Linares tiene en vilo el fallo. Restan cuatro salas plenas este año en el alto tribunal.

Un empate de 4 a 4 frente al impedimento presentado por el magistrado Alejandro Linares aplazó este jueves la decisión sobre las dos demandas que piden despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia.

Por ahora fue designado como conjuez Hernando Yepes, ex magistrado de la Corte Suprema y del Consejo Superior de la Judicatura, y delegatario de la Constituyente, para que se decida si Linares, quien estaría a favor de sacar del Código Penal el delito de aborto y quien se declaró impedido porque dio una declaración general en los medios al respecto, entra en la votación o no.

Para esa votación, que deberá hacerse en la próxima sala, quedan cuatro salas plenas este año.

Los nueve togados estudian dos ponencias, de Antonio Lizarazo y Alberto Rojas Ríos, que piden ambas eliminar este delito del Código Penal por considerarlo contrario al derecho a la igualdad, a la libertad de conciencia y a la salud.

A las afueras del Palacio de Justicia, mientras los juristas debatían, se vivía una verdadera batalla de protestas a favor y en contra de la interrupción voluntaria del embarazo.

Al respecto, la cofundadora de la Mesa por la Vida, Ana Cristina González, le dijo a la agencia de prensa 'Efe': “La Corte Constitucional tiene en sus manos muchas razones en derecho, que además son potentes desde la perspectiva de salud pública, desde la perspectiva de la protección de derechos humanos de las mujeres”.

Esta plataforma de Causa Justa, que aglutina a casi un centenar de organizaciones feministas, fue la que presentó una de las dos demandas que estudian los magistrados, y que argumenta, entre otras cuestiones, que el aborto ahonda la desigualdad entre mujeres y que “no ha sido eficaz ni justo y sí discriminatorio”.

Hasta ahora el aborto en Colombia solo está permitido en tres causales: cuando está en riesgo la salud o la vida de la madre, cuando es fruto de violación o incesto o si hay malformación del feto, y en el resto de casos está penado hasta con cuatro años y medio de cárcel.

Las razones

La Corte tiene sobre la mesa dos demandas distintas que buscan el mismo fin: una presentada por un particular que se basa, sobre todo, en que el aborto es el único delito de género que hay en el Código Penal porque solo se le aplica a las mujeres y por tanto atenta contra el principio de igualdad ante la ley.

Las barreras para abortar incluso en los supuestos estipulados han provocado que los abortos legales sean solo entre el 1 y el 12 % de los que se practican en todo el país (según la estadística a la que se acuda); "eso quiere decir que las mujeres que abortan lo hacen por fuera de esas causales, lo hacen de manera clandestina, probablemente insegura", alega González.

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