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Investigan a exalcalde de Valledupar por millonario contrato con Natalia Springer

El Ministerio Público abrió pliego de cargos al exmandatario Fredys Socarrás por posibles irregularidades en la contratación de $1.400 millones para la formación de cogestores de paz en este municipio.

La Procuraduría General de la Nación abrió pliego de cargos al exalcalde de Valledupar, Fredys Socarrás Reales, por presuntas irregularidades en la ejecución de un contrato celebrado en 2015 por $1.400 millones con la periodista y politóloga, Natalia Springer, para la formación de cogestores de paz en este municipio.

Igualmente fueron vinculados a la investigación la exsecretaria General, Lisbeth Lorena Gaitán; el exsecretario de Gobierno, Carlos Mario Céspedes; y la exjefe de la Oficina Jurídica, Mery María Romero Mestre; a quienes junto con Socarrás, el Ministerio Público, les endilga haber participado en la realización del contrato, con desconocimiento de los principios legales y aplicables a la contratación pública.

De acuerdo con el proceso, los disciplinables habrían cometido irregularidades en el contrato de prestación de servicios Nro. 552 celebrado entre la Alcaldía de Valledupar y la firma Springer Von Schwarzenberger Consulting Services S.A.S, con el objeto de desarrollar el proyecto 'Formación de cogestores en el marco de la construcción de una cultura de paz".

A Fredys Socarrás se le investiga por omitir la vigilancia y control sobre la función delegada en la secretaria General, en el marco del citado contrato y su conducta se calificó hasta este momento como gravísima a título de culpa grave.  

A Lisbeth Lorena Gaitán, en su condición de secretaria General, se le reprocha haber certificado que la empresa contratada era idónea para desarrollar el proyecto de formación de gestores de paz, sin serlo; y celebrar en forma directa el contrato 552/15 con Natalia Springer, su representante legal, eludiendo el principio de transparencia porque, al parecer, no agotó el procedimiento previo para la selección objetiva del contratista.

En esta etapa del proceso la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública calificó su falta como gravísima a título de culpa gravísima.

Al exsecretario de Gobierno, Carlos Mario Céspedes, se le  investiga por dos posibles faltas: la primera, certificar que la empresa Springer Von Schwarzenberger Consulting Services S.A.S era idónea para desarrollar el objeto contractual, cuando existían elementos que no lo evidenciaban; elaborar unos estudios de mercado sustentados en las cotizaciones presentadas en abril de 2015 por la misma firma contratada, empresa que presentó otra cotización seis meses antes de ser requerida, sin vincular entidades que por su perfil se adecuaban a las necesidades que originaron el proceso contractual en el municipio, y recomendar la celebración directa de un contrato de prestación de servicios profesionales.

En segundo lugar se le cuestiona al exsecretario de Gobierno de Valledupar y supervisor del mencionado contrato, no exigir la calidad de los servicios adquiridos por la entidad estatal, pese a las evidentes diferencias numéricas de los asistentes, al eventual sobrecupo en el auditorio donde se llevaron a cabo las capacitaciones, a las fechas en las que se dice fue alquilado el recinto y a la falta de informe sobre las algunas obligaciones contenidas en el contrato.

Las conductas del entonces secretario de Gobierno fueron calificadas provisionalmente como gravísimas a título de dolo y de culpa gravísima, respectivamente.

Y a la exjefe de la Oficina Jurídica de Valledupar, Mery María Romero Mestre, se señala porque, al parecer, no asesoró a la administración municipal sobre el procedimiento contractual que debía seguirse para la selección del contratista, lo cual condujo a la suscripción directa del contrato de prestación de servicios.

Su falta se calificó en esta etapa como grave cometida con culpa grave, teniendo en cuenta que situaciones como la presentada generan una imagen negativa a la administración y generan desconfianza de los ciudadanos, poniendo en entredicho la buena fe con que deben actuar todos los servidores del Estado.

Finalmente el órgano disciplinario señaló que los sujetos procesales podrán presentar descargos y solicitar o aportar las pruebas que consideren conducentes para su defensa.

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