El Heraldo
Ciro Pupo Castro en el momento de su presentación en sede de la Fiscalía. EL HERALDO
Cesar

Ciro Pupo, exalcalde de Valledupar, se entrega al CTI de la Fiscalía

Tenía orden de captura por el caso de unas cámaras de seguridad.

El exalcalde de Valledupar Ciro Pupo Castro se entregó ayer al Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía en esta capital, tras conocer una orden de captura en su contra que había expedido la Fiscalía 11 seccional por los presuntos delitos de peculado por apropiación y celebración de contrato sin el lleno de los requisitos legales.

Los hechos se remontan al 20 de diciembre de 2006, cuando se celebró el convenio interadministrativo de cofinanciación No. 153 de entre la Nación – Ministerio del Interior y de Justicia – Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia ciudadana – Fosecom y el municipio de Valledupar, cuyo objeto fue el suministro, instalación, montaje, prueba, puesta en funcionamiento, garantía y mantenimiento del número único 1.2.3 y un circuito cerrado de televisión con video y control en tiempo real, por un valor de $3. 200 millones.

La duración del convenio era de nueve meses contados a partir de su legalización. En ese momento el municipio se responsabiliza de la sostenibilidad   y mantenimiento del número único de seguridad y del circuito cerrado de televisión después de cumplirse la garantía y sería responsable de solicitar los permisos a que hubiera lugar para la correspondiente instalación de los equipos del proyecto.

El 14 de agosto de 2007, se suscribió el contrato de suministro No. 112, entre el Alcalde del municipio de Valledupar  Ciro Pupo Castro y Diana Isabel Nassif de Rima en representación de la Unión Temporal Cipecol Sve Ltda, compuesta también por la empresa Security Video Equipment Ltda, para el cumplimiento del objeto del convenio por un valor de $3.197 millones. El contratista recibió un anticipo de 2.000 millones de pesos. En las investigaciones se estableció que  el dinero del anticipo no cumplió con los requisitos exigidos, ya que el valor consignado por la alcaldía debía ser utilizado exclusivamente para la ejecución del contrato, sin embargo se hicieron pagos  a la representante legal de la Unión Temporal Cipecol- Sve Ltda, a Inversiones Era 2000, siendo el interventor externo del contrato.

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