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Inadmisión de la demanda del Defensor

La Corte Constitucional con ponencia del Magistrado Alberto Rojas Ríos inadmitió la demanda del Defensor del Pueblo Carlos Negret contra algunos artículos del llamado Salvamento de Electricaribe, incorporado en el Plan Nacional de Desarrollo, los que afectarían el patrimonio de los usuarios por efectos del alza de tarifas, principalmente. La inadmisión de la demanda estriba en que el demandante no cumplió los principios de especificidad, ni claridad, ni contundencia en sus argumentos sustentatorios, omisión que constituye causal de inadmisión.  El Supremo Tribunal concedió al demandante un término de 3 días para subsanar las dolosas, pues de no hacerlo rechazará la demanda.  De otro ángulo, la Corte Constitucional rechazó el desistimiento de la demanda, que formuló el Defensor del Pueblo, basándose en que cuando la demanda pretende invalidar actos lesivos a la seguridad nacional y de sus asociados con violación de la constitución, que es el fondo de la demanda, las normas y jurisprudencias pertinentes no viabilizan su desistimiento.

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