Cuando en Barranquilla operaban los reguladores de transito civiles, se desató una conducta del platilleo que se hizo insoportable y se creyó se eliminaría con el contrato de regulación y control del tránsito de la ciudad por parte de la Policía Nacional, pero en la práctica el remedio está siendo peor que la enfermedad, debido a que no todos, pero sí algunos se han dado a la bochornosa actividad de estar pidiendo dinero para no inmovilizar los vehículos por supuestas infracciones cometidas por los taxistas; siendo una las más generalizadas de las prácticas y que le está costando al gremio una millonada. Así la infracción al 590 (vehículo haciendo transporte no autorizado) y de conformidad a la resolución 10800 del 2003 en virtud de la cual procede la inmovilización del vehículo artículo 6º del decreto 172 del 2001 compilado en el decreto 1079 del 2015 el cual preceptúa: servicio público de transporte terrestre automotor en vehículos taxi, el transporte público terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi es aquel que se presta bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente constituida y debidamente habilitada en esta modalidad, en forma individual, sin sujeción a rutas ni horarios, donde el usuario fija el lugar o sitio de destino. El recorrido será establecido libremente por las partes contratantes, es claro que si una o varias personas contratan un servicio de taxi de un punto inicial a uno final y en el trayecto una o varios personas le solicitan al conductor que detenga el vehículo, porque se bajaran y si alguno de los ocupantes que quedan en el taxi son familia, hijo, esposa, esposo o conocido el agente de tránsito inmovilizará al vehículo por estar haciendo transporte no autorizado o lo que llamamos colectivo.
Entendemos que razones asisten al agente de tránsito si comprueba que el vehículo para y recoge pasajeros en la vía, pero lo que denunciamos es el hecho de que esta contravención está sujeta al criterio del agente porque la norma no es clara y no resuelve que es un transporte colectivo, criterio que se deja al agente de tránsito, respuesta dada por el comandante encargado del tránsito en la última reunión con el gremio, criterios del orden de los 500 agentes o de los que existieren, y algo mucho más grave, el solicitar al supuesto infractor dinero por parte del agente de tránsito para no aplicarle el comparendo como le ha sucedido a muchos taxistas y de los cuales existen pruebas de esta petición de dinero que es bastante alta. Hacemos un llamado al comandante en jefe de la Policía Nacional, Brigadier general Mariano Botero, para que se ponga al frente de estas denuncias de elementos corruptos que detrás de un uniforme empañan a una institución tan prestigiosa como es la Policía Nacional.
Jorge Guerrero Zuleta
Presidente de Sinchotaxi
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